¿Para plantear dudas sobre el texto de la convocatoria?
¿Cuál es la mejor vía para plantear las dudas sobre el texto de la convocatoria y la propuesta que quiero presentar?
La mejor forma de ayudarle a resolver sus dudas es que se planteen directamente enviando un correo electrónico al departamento técnico en el que se encuadra el área temática de gestión de su proyecto cuyo esquema figura en el anexo de la convocatoria:
Áreas temáticas de gestión del Departamento Técnico de Humanidades y Ciencias Sociales (DTHCS): dthcs@mineco.es.
Áreas temáticas de gestión del Departamento Técnico de Ciencias de la Vida y Agroalimentación (DTCV): dtcv@mineco.es.
Áreas temáticas de gestión del Departamento Técnico de Medioambiente y Recursos Naturales (DTMA): dtma@mineco.es.
Áreas temáticas de gestión del Departamento Técnico de Tecnologías de la Producción y las Comunicaciones (DTPC): dtpc@mineco.es.
Para poder llegar a atender todas las consultas, se ruega que las dirijan a una sola dirección de correo electrónico.
Solo si se trata de una consulta general que no pueda hacerse a un departamento concreto, puede enviar su consulta a sgpi.secretaria@mineco.es.
Para los asuntos de tipo informático relacionados con la aplicación de solicitud, la aplicación de firma de solicitudes, RUS o SISEN deberá dirigirse a Consultas de tipo informático.
¿Quién puede ser investigador principal?
Quienes cuenten con una trayectoria científica relevante y sean doctores que:
- que hayan obtenido el grado de doctor entre el 1 de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2012, con las excepciones que se contemplan en el artículo 18.6 a), respecto de la fecha mínima de 1 de enero de 2005 (esas excepciones se refieren a las situaciones que, debidamente acreditadas, justifican una ampliación de esa fecha mínima);
- y, en la fecha en la que finalice el plazo de solicitud, no tengan vinculación con ninguna entidad susceptible de ser beneficiaria o, si la tuviesen, sea inferior a un año desde la fecha de finalización del plazo para presentar la solicitud, es decir, desde el 22 de octubre de 2015.
¿Qué fecha se considera que es la de obtención del grado de doctor?
Se entenderá como fecha de obtención del grado de doctor, la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral.
Acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral. Motivos ampliación del plazo
Respecto la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral, ¿existen motivos para la ampliación del plazo?
Sí. Se podrá ampliar ese plazo en los siguientes casos, siempre que los períodos de interrupción derivados de tales situaciones se hayan producido entre el 1 de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2012, con las excepciones que se contemplan en el artículo 18.6.a) respecto de la fecha mínima de 1 de enero de 2005:
- Períodos de descanso derivados de maternidad o paternidad disfrutados con arreglo a las situaciones protegidas que se recogen en el régimen general de la Seguridad Social. Se aplicará una ampliación de 1 año por cada hijo.
- Grave enfermedad o accidente del solicitante, con baja médica igual o superior a 3 meses. Se aplicará una ampliación igual al período de baja justificado, redondeando al alza a meses completos.
- Atención a personas en situación de dependencia, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, por un período mínimo de 3 meses. Se aplicará una ampliación igual al período justificado, redondeando al alza a meses completos.
Ampliación plazo defensa y aprobación tesis doctoral. ¿Cómo debo justificar dicha situación...?
Si estoy en una de las situaciones de ampliación del plazo de defensa y aprobación de la tesis doctoral considerado válido para ser investigador principal, ¿cómo debo justificar dicha situación y en qué momento?
Deberá acreditar la situación en el momento de hacer la solicitud.
En la aplicación de solicitudes se le pedirá que consigne la fecha de obtención del grado de doctor. Si esa fecha es anterior al 1/1/2005, la aplicación le preguntará si ha tenido algún permiso por maternidad, paternidad, dependencia o alguna baja que deba considerarse al computar la fecha de obtención del grado de doctor. Si responde “SÍ”, deberá adjuntar el documento que lo acredite, tipificado como “Acreditación de baja/s o permiso/s del IP”.
¿A qué institución me dirijo...?
Quiero solicitar proyecto en la modalidad para jóvenes investigadores y no sé a qué institución dirigirme para que formalice la solicitud.
En este caso, y teniendo en cuenta que el investigador tutor tiene que pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante, se tendría que poner en contacto con un investigador que estuviese interesado en realizar las funciones de tutor y que la entidad a la cual pertenece presentase la solicitud para la ejecución del proyecto y la formalización del contrato.
Estoy en el extranjero...
Estoy en el extranjero. ¿Cómo puedo encontrar una entidad que sea beneficiaria de mi proyecto?
Lo primero que tiene que hacer es encontrar a un investigador que quiera ser investigador tutor de su proyecto. La entidad a la que ese investigador pertenezca será la entidad solicitante y la que, en caso de que se apruebe su proyecto, le debe contratar.
¿Y si se prorroga mi actual vinculación?
Si, antes de la aprobación del proyecto en el que figuro como investigador principal, se prorrogase mi vinculación con el centro solicitante más allá del 21/10/2016, ¿puedo continuar con el proceso de selección? ¿Se podrá entonces prorrogar el plazo de ejecución del proyecto?
No. La solicitud se excluirá en el momento en que se tenga constancia de que el investigador principal no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria.
Además, la convocatoria establece explícitamente que no se admitirá la modificación del plazo de ejecución de la actuación, salvo en el caso de que, una vez iniciado el proyecto (no antes) se produzcan suspensiones en la relación laboral del investigador principal por la concurrencia de las situaciones que se mencionan en el artículo 13.8 de la convocatoria.
Quiero solicitar proyecto en la modalidad para jóvenes investigadores y tengo vinculación...
Quiero solicitar proyecto en la modalidad para jóvenes investigadores y tengo vinculación con mi centro hasta 31/12/2016. ¿Puedo solicitarlo?
No. La convocatoria está dirigida a jóvenes investigadores con una trayectoria científica relevante que en el momento de la solicitud no tengan vinculación con ningún centro, o si la tuviesen, la fecha de finalización de su contrato no sea posterior al 21/10/2016.
Quiero solicitar proyecto en la modalidad para jóvenes investigadores y ya he sido investigador...
¿Quiero solicitar proyecto en la modalidad para jóvenes investigadores y ya he sido investigador principal (IP) de un proyecto de tipo A. ¿Puedo solicitarlo?
Si reúne el resto de los requisitos para ser IP y el proyecto tiene una fecha de finalización anterior al 1 de enero de 2016 de acuerdo con el plazo inicial fijado en la resolución de concesión, sí.
Estoy en otro proyecto. Fecha de fin.
Actualmente participo en un proyecto cuya fecha de finalización es posterior a 31 de diciembre de 2015 debido a que se ha autorizado una ampliación del plazo de ejecución, ¿puedo participar en una propuesta de esta convocatoria?
Si en la resolución inicial de aprobación de ese proyecto, la fecha de finalización del mismo era anterior al 1 de enero de 2016, podrá participar en esta convocatoria aunque, por habérsele autorizado una prórroga, la fecha actual de finalización de ese proyecto sea posterior al 31 diciembre 2015.
Presentar dos proyectos.
¿Se puede presentar un proyecto a la modalidad proyectos para jóvenes investigadores y otro proyecto a la convocatoria de proyectos de I+D+I de Excelencia o Retos?
No. La convocatoria establece que el investigador principal tendrá dedicación única al proyecto, por lo que no podrá solicitar otro proyecto.
Dos investigadores principales.
¿Es posible que dos investigadores actúen coordinadamente como investigadores principales del proyecto?
No. En la modalidad de jóvenes investigadores solo puede haber un investigador principal (IP) por solicitud.
El investigador tutor no es investigador principal del proyecto.
Investigador tutor.
El investigador tutor ¿es el líder científico del proyecto?, ¿tiene que presentar los informes de seguimiento y final de la ayuda?, ¿puede ponerse en contacto con el ministerio en relación con la ayuda?
No. La responsabilidad de la ejecución, seguimiento, desarrollo del proyecto, y presentación de los informes científico-técnicos corresponde al investigador principal joven.
Las funciones del investigador tutor son exclusivamente las de asesorar y supervisar la ejecución del proyecto, pero las responsabilidades que conlleva el proyecto, como son, por ejemplo, cumplir los objetivos, presentar los informes de seguimiento, ser interlocutor con el ministerio.., corresponden al investigador principal joven.
La figura del investigador tutor no consume dedicación a efectos de su posible participación en proyectos de otro tipo. Ahora bien, solo se puede ser investigador tutor de un único proyecto.
Investigador tutor y entidad solicitante.
El investigador tutor de mi proyecto es de una institución distinta de la solicitante, ¿es posible?
No. La convocatoria establece en el art. 33.1 que el investigador tutor tiene que cumplir los requisitos establecidos en el art. 18 para ser investigador principal de proyectos de tipo B, y este artículo establece, entre otros requisitos, que el investigador principal tendrá que pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante, tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria o laboral, por tiempo que cubra, como mínimo, el período solicitado de ejecución del proyecto, y encontrarse en activo.
Investigador tutor. Requisitos.
¿Qué requisitos tiene que cumplir un investigador tutor?
Tiene que cumplir los requisitos para ser investigador principal de tipo B, es decir, titulación y vinculación con el centro durante al menos la duración del proyecto solicitado y, además, haber sido IP en proyectos de investigación fundamental vigentes en los últimos 5 años, financiados por alguna de las convocatorias que se mencionan en el artículo 34.5. El currículum abreviado del tutor hará mención expresa a los proyectos que cumplen estos requisitos.
Investigador tutor. Varias solicitudes.
¿Puedo presentar como investigador tutor a un investigador que va a participar también como tutor en otra solicitud?
No. La convocatoria establece como requisito de dedicación que un investigador solo puede ser investigador tutor en una solicitud.
En el caso de que un investigador figurase como investigador tutor de más de una solicitud se excluirían todas las solicitudes en las que figurase.
Investigador tutor. Proyectos anteriores.
El investigador tutor, a los efectos del requisito de haber sido investigador principal en los últimos 5 años, ¿es válido que lo haya sido de un proyecto europeo?
Sí, si se trata de un proyecto del VII Programa Marco de I+D+I de la Unión Europea, del Programa Marco de I+D+I Horizonte 2020, también de la Unión Europea, o de cualquier otro programa competitivo internacional de especial relevancia.
¿Y si el proyecto del que ha sido IP en los últimos 5 años estaba financiado por convocatoria...?
¿Y si el proyecto del que ha sido IP en los últimos 5 años estaba financiado por una convocatoria de una comunidad autónoma?
No. A los efectos de los requisitos de la convocatoria es necesario que haya sido investigador principal de un proyecto de las convocatorias de proyectos del Plan Estatal de I+D+I 2013-2016; los Planes Nacionales de I+D+i precedentes, incluyendo el programa CONSOLIDER INGENIO 2010; el VII Programa Marco de I+D+I, el Programa Marco de I+D+I Horizonte 2020, ambos de la Unión Europea, o cualquier otro programa competitivo internacional de especial relevancia.
Evaluación. Calidad científico-técnica.
En la evaluación, ¿qué se contempla en el criterio “Calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad de la propuesta”?
Se valorará la definición, contenido, calidad, originalidad, grado de novedad y adecuación de las actividades a los objetivos planteados. Se valorarán, asimismo, la adecuación de la investigación orientada al reto elegido en la propuesta y la contribución de dicha propuesta al avance de conocimiento para dar solución a los problemas del reto seleccionado. Se valorarán, igualmente, el plan de trabajo, la adecuación del cronograma y del presupuesto de las actividades a desarrollar y la contribución de dicha propuesta al avance de conocimiento. Se valorará asimismo la viabilidad del proyecto a través de la disponibilidad de recursos adecuados para su desarrollo y, en el caso de proyectos que necesiten el uso de infraestructuras científico-técnicas singulares españolas o europeas o el acceso a grandes instalaciones nacionales o internacionales, se valorarán la adecuación del proyecto a la necesidad de uso y la disponibilidad de dichas instalaciones.
Evaluación. Equipo de investigación.
¿Y en “Calidad, trayectoria y adecuación del equipo de investigación”?
En esta convocatoria, dado que el equipo de investigación está constituido únicamente por el investigador principal, se valorará la competencia y la adecuación de la capacidad de este para llevar a cabo el proyecto, teniendo en cuenta su trayectoria y contribuciones científico-técnicas.
Evaluación. Impacto.
¿Y en el “Impacto científico-técnico o internacional de la propuesta”?
Se valorará el impacto científico-técnico esperable de los resultados previstos del proyecto, especialmente en el ámbito de conocimiento del área de la propuesta de acuerdo con los objetivos del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, su potencial transnacional, su posible contribución a la solución de problemas sociales, económicos o tecnológicos, así como su posible impacto en la capacidad de liderazgo internacional del equipo de investigación en esa temática.
Cuantía máxima.
¿Cuál es la cuantía máxima por proyecto?
La cuantía máxima es de 170.000 euros en costes directos, de los cuales 33.700 euros por año (101.100 euros para un proyecto de 3 años) se dedicarán exclusivamente a costes de contratación del investigador principal.
Costes directos. Restricciones.
¿Puedo utilizar la subvención recibida en el concepto de costes directos sin restricciones para cualquiera de los costes elegibles?
Sí, salvo las restricciones fijadas para la contratación del investigador principal de 33.700 euros por año.
El resto de la ayuda recibida en concepto de costes directos podrá utilizarse en la medida en que se considere necesario para cualquiera de los costes elegibles según los conceptos incluidos en la solicitud inicial. En los informes de seguimiento del proyecto y en el informe final del mismo, deberá justificar los cambios realizados en relación con el presupuesto solicitado en el proyecto, dentro de los apartados incluidos para este fin en los formularios de los informes.
Cofinanciación del contrato.
¿Puedo dedicar parte de las restantes partidas de costes directos a cofinanciar el contrato del investigador principal?
No. La ayuda asignada a la contratación del investigador principal es la establecida en el artículo 36 de la convocatoria, es decir, 33.700 euros anuales. Puesto que su retribución será, como mínimo de 31.600 euros brutos anuales, cualquier cantidad que sobrepase los 33.700 euros (por ejemplo, la cuota empresarial de la Seguridad Social) deberá ser asumida por la entidad beneficiaria.
Gasto de una beca.
¿Puedo incluir en la partida de personal el gasto de una beca?
No. En la partida de personal no se pueden solicitar ni imputar becas de formación. Puede imputar únicamente gastos de personal en régimen de contratación temporal.
Convocatoria de contratos predoctorales.
¿Puedo solicitar que mi proyecto para jóvenes investigadores sea incluido en la convocatoria de Contratos Predoctorales para la Formación de Doctores (antiguos FPI), del Subprograma Estatal de Formación, dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i?
No.
Costes directos. Mantenimiento de equipos.
¿Puedo incluir dentro de otros gastos de ejecución el mantenimiento de equipos?
Podrá incluir gastos de adquisición, alquiler, mantenimiento o reparación de equipamiento científico-técnico, incluyendo equipos informáticos y programas de ordenador de carácter técnico.
¿Y el material de oficina?
No. El material de oficina no es un gasto elegible.
Traslado del proyecto.
Si, antes de la aprobación del proyecto en el que figuro como investigador principal, cambiara de entidad, ¿puedo trasladar mi proyecto a mi nueva entidad?
No. La convocatoria establece explícitamente que en ningún caso está permitido el cambio de entidad beneficiaria.
Si no tengo vinculación con la entidad solicitante, ¿cuándo formalizaré el contrato...?
Si no tengo vinculación con la entidad solicitante, ¿cuándo formalizaré el contrato con la entidad beneficiaria?
La entidad beneficiaria dispone de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión (resolución definitiva), para formalizar el contrato y presentarlo en la Subdirección General de Proyectos de Investigación.
El contrato, por tanto, debe ser posterior a la publicación de la resolución definitiva de la convocatoria.
En casos excepcionales y debidamente acreditados, se podrá solicitar una ampliación del plazo para la formalización y presentación de los contratos.
De no presentarse el contrato en el plazo señalado se entenderá que la entidad beneficiaria renuncia al proyecto.
El contrato del investigador principal deberá iniciarse como máximo tres meses después de la publicación de la resolución de concesión, lo que marcará la fecha de inicio del proyecto, y deberá extenderse hasta la finalización del proyecto.
Cuándo empieza el proyecto.
¿Cuándo empezará el proyecto de investigación?
El contrato del investigador principal deberá iniciarse como máximo tres meses después de la publicación de la resolución de concesión, lo que marcará la fecha de inicio del proyecto, y deberá extenderse hasta la finalización del proyecto.
¿Cuál es la duración de estos proyectos?
El plazo de ejecución de estos proyectos será de tres años. La fecha de inicio del proyecto coincidirá con el inicio del contrato del investigador principal.
Docencia.
¿Si me conceden la ayuda, podré impartir docencia?
Los investigadores principales contratados con cargo a la ayuda concedida en estos proyectos podrán prestar colaboraciones complementarias en tareas docentes, en su misma institución o en otras, por un máximo de 80 horas anuales, a petición propia y con la aprobación de su institución, respetando, en su caso, la normativa vigente de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
Equipo de investigación.
En esta modalidad no hay equipo de investigación.
Equipo de trabajo.
En esta modalidad no hay equipo de trabajo.
Elección del área temática de gestión.
¿Qué significado tiene mi elección de un área temática de gestión?
Tiene un significado muy importante puesto que las comisiones técnicas se establecen por los criterios temáticos de las áreas temáticas de gestión de la Subdirección General de Proyectos de Investigación, que gestiona esta convocatoria, por lo que su proyecto será evaluado en una comisión técnica específica constituida por expertos de dicha área temática de gestión y representantes de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP).
Área ANEP y área temática de gestión.
¿Cómo debo proceder para ubicar mi proyecto en el área temática ANEP y en el área temática de gestión adecuadas cuando ambas no coinciden?
Debe elegir el área temática de gestión que mejor se adecúe a la investigación propuesta y, en el apartado correspondiente al área temática de la ANEP puede seleccionar la que considere más adecuada, aunque sean distintas.