Instrucciones de justificación para proyectos aprobados en la convocatoria FEDER del año 2019 para la concesión de ayudas de Adquisición de Equipamiento Científico-Técnico del Subprograma Estatal de Infraestructuras de Investigación y Equipamiento Científico-Técnico. Periodo de Programación 2014-2020
Justificación de gastos e informe de ejecución/seguimiento
Estas instrucciones afectan a los proyectos aprobados en las convocatorias de subvenciones FEDER del Período de Programación 2014-2020.
De acuerdo con la Resolución de Concesión y la Guía para la justificación de ayudas de Equipamiento Científico-Técnico (EQC), cada año se abrirá, al menos, un plazo de justificación de gastos, previsiblemente en el mes de marzo, sin perjuicio de que, en cumplimiento de las directrices de ejecución del FEDER, se abran plazos extraordinarios o se modifique la fecha del mismo.
La apertura de cada periodo de justificación de gastos (ventanilla) se notificará a los beneficiarios con la suficiente antelación, indicando el periodo en el que deben haberse realizado los gastos que se justifiquen.
Excepcionalmente se podrán admitir gastos pertenecientes a ejercicios anteriores, siempre y cuando estén en plazo y se justifiquen debidamente.
Los gastos de ejecución correspondientes se justificaran a través de la aplicación telemática “JustiWeb” que se describe más adelante.
Se recuerda que la presentación de las justificaciones de gasto, cada vez que se abre un periodo de ventanilla, es obligatoria para todos los proyectos en ejecución aunque no se hayan generado gastos nuevos en el periodo que se justifica en dicha ventanilla.
Se recuerda la importancia de la correcta cumplimentación de TODOS los apartados del informe de ejecución/seguimiento en el modelo que está disponible en la web. En el caso de que el gasto presentado sea cero, se explicarán los motivos en dicho informe.
Asimismo, se recuerda que una vez que un organismo público o privado es beneficiario de una ayuda comunitaria pasa a ser parte del engranaje de la comunicación establecido por las normas de la Unión Europea, debiendo comprometerse a llevar a cabo las medidas recogidas en los Planes de Comunicación, para facilitar esta tarea, se recomienda consultar el documento “Breve manual recopilatorio de cuestiones de tipo práctico para los beneficiarios/as en materia de comunicación 2014/2020”
Con las instrucciones recogidas en este documento, se pretende incrementar el grado de coordinación entre la Agencia Estatal de Investigación (AEI) y los beneficiarios de las ayudas cofinanciadas, y potenciar así la comunicación hacia el público en general, de modo que se incremente su percepción del papel que juegan los fondos europeos, en concreto el FEDER, en su realidad cotidiana.
La aplicación telemática
Para la justificación telemática de las ayudas concedidas por esta Agencia Estatal de Investigación, tiene en esta página disponible la aplicación JustiWeb que permitirá introducir tanto los datos correspondientes a los gastos que se presentan a justificar como la documentación acreditativa requerida (gastos/pagos/Procedimientos de contratación) y los informes de seguimiento justificativos de la ejecución de la ayuda.
- Para la ÚLTIMA justificación/ventanilla de la convocatoria EQC2019, la aplicación estará habilitada del 20 de junio al 29 de julio de 2022 (ambos incluidos).
- La aplicación telemática se utilizará, asimismo, para introducir el informe de ejecución/seguimiento: (Ver abajo en "Información relacionada").
- JustiWeb genera automáticamente la “ficha resumen de gastos” obligatoria para presentar la justificación al cerrar la justificación de la ayuda en cada ventanilla.
De acuerdo con la Ley 38/2003 General de Subvenciones, el beneficiario de las ayudas estará sometido a las actuaciones de comprobación a efectuar por el Ministerio de Ciencia e Innovación, así como al control financiero de la Intervención General de la Administración del Estado y al control fiscalizador del Tribunal de Cuentas.
Los proyectos cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), además, están sometidos a los Órganos de control establecidos en los Reglamentos comunitarios.
La Agencia Estatal de Investigación realizará actuaciones de control (verificaciones sobre el terreno según el artículo 125.5.b del Reglamento (UE) Nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013), según el plan de controles aprobado por la Autoridad de Gestión del FEDER sobre los proyectos cofinanciados.