Ayudas para contratos Ramón y Cajal (RYC) 2022

Programa de Actuación Anual 2022

Publicación de la Tercera Resolución de Concesión.

Para más información consultar los apartados de Tramitación de la ayuda y Publicaciones

Pla Estatal
Programa
Subprograma
Estat de la convocatòria
Tancada
Terminis de sol·licitud
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Descripció general

La finalidad de las ayudas objeto de esta convocatoria es promover la incorporación en organismos de investigación de personal investigador, tanto español como extranjero, con una trayectoria destacada con el fin de que adquieran las competencias y capacidades que les permitan obtener un puesto de carácter estable en un organismo de investigación del Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de Innovación, incentivando, específicamente, la incorporación de investigadores e investigadores que lleven desarrollando durante un determinado periodo su actividad profesional en el extranjero.

En el caso de las personas candidatas al turno de acceso general y al turno RyC-INIA-CCAA, la fecha de obtención del grado de doctor debe estar comprendida entre el día 1 de enero de 2012 y el día 31 de diciembre de 2020. En el caso de las personas candidatas al turno de personas con discapacidad, la fecha de obtención del grado de doctor debe estar comprendida entre el día 1 de enero de 2009 y el día 31 de diciembre de 2019.

Objectius específics i activitats que es financen

Se convocan 494 ayudas, de las que 477 corresponden al turno general, 10 para el turno de reserva para la contratación de personal investigador con una discapacidad igual o superior al 33 por ciento y 7 para el turno RyC-INIA-CCAA. Las ayudas no cubiertas en estos turnos de reserva se acumularán al turno de acceso general.

Dentro de las ayudas del turno general, se reservan 80 ayudas específicas dirigidas incentivar la incorporación de investigadores e investigadoras que lleven desarrollando su actividad profesional en el extranjero (ayuda para la atracción del talento). 

La duración de la ayuda estará dividida en dos fases:

  • La primera fase, que tendrá una duración de 3 años. Esta fase tiene como objetivo afianzar las capacidades adquiridas durante una primera etapa previa de formación posdoctoral. La cuantía anual será de 35.450 euros, se destinará a cofinanciar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social de las personas contratadas.
  • La segunda fase tendrá una duración de 2 años. Se accederá a esta fase cuando la evaluación correspondiente a la actividad científico-técnica, que se realizará teniendo en cuenta los criterios para ser investigador/a R3 –investigador/a establecido/a- sea positiva. La persona investigadora podrá presentarse a esta evaluación a partir de la finalización del segundo año. La ayuda anual pasará a ser de 44.000 euros.

Además, se concederá una ayuda adicional de 50.000 euros, para cubrir los gastos directamente relacionados con la ejecución de sus actividades de investigación. En el caso de que corresponda la concesión de una ayuda para la atracción de talento, el importe de la ayuda adicional citada se verá incrementada en 70.000 euros.

Fons Europeus
Pressupost
126.308.900,00 €
Beneficiaris
Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud. Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 279/2016. Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008. Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que tengan la I+D+i como actividad principal. Centros privados de I+D+i, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, que tengan definida la I+D+i como actividad principal. Los centros de I+D a que se refiere la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/2011, de 1 de junio, y los centros públicos de investigación agraria y alimentaria de las Comunidades Autónomas, integrados en el sistema INIA-CCAA.
Òrgan instructor
Subdivisión de Planificación y Gestión Administrativa. Agencia Estatal de Investigación
Òrgan de seguiment cientificotècnic
Subdivisión de Programas Científico-Técnicos Transversales, Fortalecimiento y Excelencia. Agencia Estatal de Investigación
Tipus de finançament
Subvención
Tipus de resolució de la convocatòria
Concurrencia competitiva
Informació de contacte