Adquisición de Equipamiento Científico-Técnico 2021
Las actuaciones subvencionadas deberán realizarse en las condiciones de tiempo y forma establecidas en la resolución de concesión. No obstante, en determinadas circunstancias concretas, la entidad beneficiaria podrá solicitar la modificación de la resolución de concesión (artículo 19 de la convocatoria).
Cualquier cambio en el contenido de la resolución requerirá simultáneamente:
- Que el mismo sea solicitado antes de que finalice el periodo de ejecución de la actuación y sea autorizado expresamente por el órgano concedente.
- Que las modificaciones obedezcan a causas sobrevenidas que no pudieron preverse en el momento de la solicitud.
- Que el cambio no afecte a los objetivos perseguidos con la ayuda, no afecte a sus aspectos fundamentales o que hayan sido determinantes para la concesión de la ayuda, no afecte a la determinación del beneficiario, salvo lo previsto en el apartado 3.a) de la convocatoria, ni dañe derechos de terceros.
La solicitud, que deberá estar suficientemente justificada, se elaborará por el responsable científico-tecnológico del proyecto y se presentará, a través de la Carpeta Virtual de Expedientes - Facilit@, con la firma del representante legal de la entidad, al menos cinco días antes de que termine el plazo de ejecución de la ayuda.
Los modelos los podrán descargar del portal Facilita\Aportar documentación, también se incluyen los modelos en la sección “Solicitudes de modificación”. Se recuerda que los ficheros que se adjunten deben tener formato PDF y no superar el tamaño de 4 Mb. Los nombres de dichos ficheros no pueden tener más de 45 caracteres, incluida la extensión, y no deben contener acentos, espacios, puntos ni otros signos distintos de las letras, números o guiones.
La modificación no será efectiva antes de la fecha en que se dicte la nueva resolución.