Ayudas para contratos Ramón y Cajal (RYC) 2022

Itzuli deira

Tramitación de la ayuda

(Fecha de publicación en Web: 19 de febrero de 2024)

Con fecha de hoy se publica en el apartado Publicaciones de esta página web el requerimiento para la subsanación de los contratos con la relación de expedientes cuya documentación es incompleta o contiene errores subsanables.

A partir de mañana, se abre el plazo de 10 días hábiles para que los beneficiarios subsanen las faltas o los errores correspondientes. Si no se realizase la subsanación se procederá, previo oportuno expediente, a la tramitación de la pérdida del derecho al cobro de la ayuda.

Este plazo finaliza el día 4 de marzo de 2024.

La subsanación de la documentación habrá de ser realizada por los Centros de I+D a través de la Carpeta Virtual de Expedientes - FACILIT@, ubicada en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, accediendo al expediente electrónico de cada investigador, adjuntando la documentación a través del enlace de Documentación requerida y haciendo uso de la firma electrónica del representante legal.

 

(Fecha de publicación en la web: 16 de abril de 2024)

Con fecha de hoy se ha publicado en la página web de la Agencia Estatal de Investigación, la tercera resolución por la que se conceden subvenciones para la contratación laboral de doctores por Centros de I+D, ayudas Ramón y Cajal 2022 correspondientes a los Centros de I+D y personas seleccionadas incluidas en la propuesta de resolución definitiva de 12 de marzo de 2024.

A partir de mañana comienza el plazo de 20 días hábiles, de conformidad con lo dispuesto en el punto 3 de la Resolución de concesión, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, para que los Centros de I+D formalicen los contratos con los doctores correspondientes y enviarlos a través de la Carpeta Virtual de Expedientes-Facilit@ situada en la sede electrónica de Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, accediendo al expediente electrónico de cada investigador/a y haciendo uso de la firma electrónica del representante legal.

Este plazo finaliza el 15 de mayo de 2024.

En el contrato se deberá hacer referencia expresa a las ayudas Ramón y Cajal y a la cofinanciación por parte de la Agencia Estatal de Investigación, de la siguiente forma:

“Este contrato es parte de la ayuda Referencia de la Ayuda, financiado por MICIU/AEI/10.13039/501100011033 y por el FSE+”, siendo Referencia de la Ayuda la referencia de la ayuda que figura en la resolución de concesión; MICIU el acrónimo del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades; AEI el acrónimo de la Agencia Estatal de Investigación; 10.13039/501100011033 el DOI (Digital Object Identifier) de la Agencia; y FSE+ el acrónimo de Fondo Social Europeo Plus.

Así mismo, se deberán incluir los logos que se citan en la Resolución de Concesión.

Junto a los contratos, y con objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 (Indicadores) del Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), las entidades beneficiarias deberán aportar información en relación con la situación de los investigadores contratados al día antes de la fecha de formalización de los contratos, conforme al modelo de recogida de información disponible en la página web de la Agencia Estatal de Investigación.

 

(Fecha de publicación en la web: 27 de febrero de 2024)

Con fecha de hoy se ha publicado en la página web de la Agencia Estatal de Investigación, la segunda resolución por la que se conceden subvenciones para la contratación laboral de doctores por Centros de I+D, ayudas Ramón y Cajal 2022 correspondientes a los Centros de I+D y personas seleccionadas incluidas en la propuesta de resolución definitiva de 6 de febrero de 2024.

A partir de mañana comienza el plazo de 20 días hábiles, de conformidad con lo dispuesto en el punto 3 de la Resolución de concesión, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, para que los Centros de I+D formalicen los contratos con los doctores correspondientes y enviarlos a través de la Carpeta Virtual de Expedientes-Facilit@ situada en la sede electrónica de Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, accediendo al expediente electrónico de cada investigador/a y haciendo uso de la firma electrónica del representante legal.

Este plazo finaliza el 26 de marzo de 2024.

En el contrato se deberá hacer referencia expresa a las ayudas Ramón y Cajal y a la cofinanciación por parte de la Agencia Estatal de Investigación, de la siguiente forma:

“Este contrato es parte de la ayuda Referencia de la Ayuda, financiado por MICIU/AEI/10.13039/501100011033 y por el FSE+”, siendo Referencia de la Ayuda la referencia de la ayuda que figura en la resolución de concesión; MICIU el acrónimo del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades; AEI el acrónimo de la Agencia Estatal de Investigación; 10.13039/501100011033 el DOI (Digital Object Identifier) de la Agencia; y FSE+ el acrónimo de Fondo Social Europeo Plus.

Así mismo, se deberán incluir los logos que se citan en la Resolución de Concesión.

Junto a los contratos, y con objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 (Indicadores) del Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), las entidades beneficiarias deberán aportar información en relación con la situación de los investigadores contratados al día antes de la fecha de formalización de los contratos, conforme al modelo de recogida de información disponible en la página web de la Agencia Estatal de Investigación.

 

(Fecha de publicación en la web:  15 de diciembre de 2023)

Con fecha de hoy se ha publicado en la página web de la Agencia Estatal de Investigación, la resolución por la que se conceden subvenciones para la contratación laboral de doctores por Centros de I+D, ayudas Ramón y Cajal 2022.

A partir de mañana comienza el plazo de 30 días hábiles, de conformidad con lo dispuesto en el punto 4 de la Resolución de concesión, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, para que los Centros de I+D formalicen los contratos con los doctores correspondientes y enviarlos a través de la Carpeta Virtual de Expedientes-Facilit@ situada en la sede electrónica de Ministerio de Ciencia e Innovación, accediendo al expediente electrónico de cada investigador/a y haciendo uso de la firma electrónica del representante legal.

Este plazo finaliza el 30 de enero de 2024.

En el contrato se deberá hacer referencia expresa a las ayudas Ramón y Cajal y a la cofinanciación por parte de la Agencia Estatal de Investigación, de la siguiente forma:

«Este contrato es parte de la ayuda Referencia de la Ayuda, financiado por MCIU/AEI/10.13039/501100011033 y por el FSE+», siendo Referencia de la Ayuda la referencia de la ayuda que figura en la resolución de concesión; MCIU el acrónimo del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades; AEI el acrónimo de la Agencia Estatal de Investigación; 10.13039/501100011033 el DOI (Digital Object Identifier) de la Agencia; y FSE+ el acrónimo de Fondo Social Europeo Plus.

Asimismo, se deberán incluir los siguientes logos, en el orden según se citan:

a) El logo del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

b) El emblema de la Unión Europea y, junto al emblema de la Unión, se incluirá el texto «Cofinanciado por la Unión Europea».

c) El logo de la Agencia Estatal de Investigación.

La incorporación de la persona contratada a su puesto de trabajo será necesariamente el día 1 del mes que corresponda en fecha igual o anterior al 1 de septiembre de 2024.

Junto a los contratos, y con objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 (Indicadores) del Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), las entidades beneficiarias deberán aportar información en relación con la situación de los investigadores contratados al día antes de la fecha de formalización de los contratos, conforme al modelo de recogida de información disponible en la página web de la Agencia Estatal de Investigación.

 

 

(Fecha de publicación en web: 12 de marzo de 2024)

Con fecha de hoy se publica en el apartado de Publicaciones la tercera propuesta de resolución definitiva con las personas seleccionadas de las incluidas en la resolución de 15 de febrero de 2024, que han firmado acuerdo de incorporación, indicando el área temática y el centro de I+D de incorporación.

Todavía no se ha abierto el plazo de presentación de los contratos de los Centros de I+D con los investigadores. Dicho plazo comenzará a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución de concesión en la página web de la Agencia Estatal de Investigación, conforme a lo que establece la Resolución de convocatoria en su artículo 21.

 

(Fecha de publicación en web: 16 de febrero 2024)

Con fecha de hoy se ha publicado en el apartado de publicaciones la segunda resolución de personas de reserva que adquieren la condición de seleccionadas conforme a lo establecido en el artículo 18.9.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 18 se establece el plazo de 14 días hábiles, para que los Centros de I+D presenten a través de su expediente de la Carpeta Virtual de Expedientes - Facilit@ situada en la Sede Electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, la relación de personas seleccionadas, de entre las incluidas en el listado anexo de esta resolución, con las que hayan acordado su incorporación, incluyendo un acuerdo de incorporación firmado con cada una de ellas. El plazo para presentar la documentación finaliza el 7 de marzo de 2024.

Cada persona, en relación con el Centro de I+D con el que firme el acuerdo de incorporación, deberá cumplir el requisito de movilidad conforme a lo establecido en el artículo 18.5 de la resolución de convocatoria.

De conformidad con el artículo 18.2 de la convocatoria se publica el resumen del Curriculum Vitae y resumen de la trayectoria investigadora, así como el correo electrónico de las personas incluidas en esta resolución para facilitar las tareas de contacto con los Centros de I+D (ver documento en Información relacionada, en la parte inferior de la página).

IMPORTANTE

Los Centros de I+D cuyas personas seleccionadas están incluidas en la Resolución de Concesión o en la segunda propuesta de resolución definitiva publicadas, y que ya han presentado la documentación correspondiente a los acuerdos a través de la Carpeta Virtual, no tienen que volver a presentar la documentación.

 

(Fecha de publicación en web: 6 de febrero de 2024)

Con fecha de hoy se publica en el apartado de Publicaciones la segunda propuesta de resolución definitiva con la personas seleccionadas de las incluidas en la resolución de 19 de diciembre de 2023, que han firmado acuerdo de incorporación, indicando el área temática y el centro de I+D de incorporación.

Todavía no se ha abierto el plazo de presentación de los contratos de los Centros de I+D con los investigadores. Dicho plazo comenzará a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución de concesión en la página web de la Agencia Estatal de Investigación, conforme a lo que establece la Resolución de convocatoria en su artículo 21.

 

Fecha de publicación en web: 20 de diciembre 2023)

Con fecha de hoy se ha publicado en el apartado de publicaciones la resolución de personas de reserva que adquieren la condición de seleccionadas conforme a lo establecido en el artículo 18.9.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 18 se establece el plazo desde el día 9 de enero de 2024 hasta el 26 de enero de 2024, inclusive, para que los Centros de I+D presenten a través de su expediente de la Carpeta Virtual de Expedientes - Facilit@ situada en la Sede Electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, la relación de personas seleccionadas, de entre las incluidas en el listado anexo de esta resolución, con las que hayan acordado su incorporación, incluyendo un acuerdo de incorporación firmado con cada una de ellas.

Cada persona, en relación con el Centro de I+D con el que firme el acuerdo de incorporación, deberá cumplir el requisito de movilidad conforme a lo establecido en el artículo 18.5 de la resolución de convocatoria.

De conformidad con el artículo 18.2 de la convocatoria se publica el resumen del Curriculum Vitae y resumen de la trayectoria investigadora y de la línea de investigación, así como el correo electrónico de las personas incluidas en esta resolución para facilitar las tareas de contacto con los Centros de I+D (ver documento en Información relacionada, en la parte inferior de la página).

IMPORTANTE:  

Los Centros de I+D cuyas personas seleccionadas están incluidas en la Resolución de Concesión publicada, y que ya han presentado la documentación correspondiente a los acuerdos a través de la Carpeta Virtual, no tienen que volver a presentar la documentación.

 

(Fecha de publicación en web: 27 de noviembre de 2023)

Con fecha de hoy se publica en el apartado de Publicaciones la propuesta de resolución definitiva con las personas seleccionadas que han firmado acuerdo de incorporación, indicando el área temática y el centro de I+D de incorporación.

Todavía no se ha abierto el plazo de presentación de los contratos de los Centros de I+D con los investigadores ya que dicho plazo comenzará a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución de concesión en la página web de la Agencia Estatal de Investigación, conforme a lo que establece la Resolución de convocatoria en su artículo 19.

 

(Fecha de publicación en web: 2 de noviembre de 2023)

Habiéndose examinado las alegaciones presentadas durante el trámite de audiencia, y tomado en consideración las que han resultado procedentes, con fecha de hoy se ha publicado en la página web de la Agencia Estatal de Investigación la resolución definitiva de las personas seleccionadas y de reserva de estas ayudas. A partir de mañana se abre el plazo de 14 días hábiles para que los Centros de I+D presenten la relación de personas seleccionadas con las que hayan acordado su incorporación, incluyendo un acuerdo de incorporación firmado con cada una de ellas, lo cual habrá de realizarse a través de la Carpeta Virtual de Expedientes-FACILIT@ situada en la sede electrónica. El proceso tendrá que ser validado mediante la firma electrónica del representante legal del Centro de I+D dentro del plazo establecido, el cual finaliza el 22 de noviembre de 2023 inclusive.

De conformidad con el artículo 18.2 de la convocatoria, para facilitar las tareas de contacto entre personas seleccionadas y Centros de I+D, se publica el resumen del Curriculum Vitae y resumen de la trayectoria investigadora y de la línea de investigación, así como el correo electrónico de las personas seleccionadas (ver documentos en Información relacionada, en la parte inferior de la página).

Se está procediendo a realizar la respuesta a las alegaciones presentadas. En fechas próximas estará disponible en los expedientes correspondientes y se podrá consultar a través de la Carpeta Virtual de Expedientes-FACILIT@.

 

(Fecha de publicación en web: 14 de septiembre de 2023)

Con fecha de hoy se ha publicado en el apartado “Publicaciones” de esta página web de la Agencia Estatal de Investigación la propuesta de resolución provisional de personas seleccionadas y de reserva.

La propuesta de personas seleccionadas y de reserva, se ha formulado a la vista del informe de la Comisión de Selección, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación por la que se aprobó la convocatoria de tramitación anticipada, correspondiente al año 2022, de las de las ayudas Ramón y Cajal.

El listado de la propuesta muestra el orden de prelación de cada persona seleccionada y de reserva, en función de la puntuación obtenida en la evaluación efectuada en su correspondiente área, dentro del turno de acceso general, del turno de personas con discapacidad igual o superior al 33% y del turno RYC-INIA-CCAA. Para establecer el orden de prelación en los casos en que la puntuación era la misma, se han aplicado los criterios que establece el artículo 17.4 de la orden de convocatoria.

Así mismo se incluye, en el listado correspondiente al turno general, las personas seleccionadas a las que se les propone la concesión de la ayuda para la atracción de talento conforme a lo establecido en los artículos 6 y 17 de la convocatoria

El resto de solicitudes no incluidas en el listado citado anteriormente han seguido el proceso de evaluación establecido en la orden de convocatoria. Su NO INCLUSIÓN en la propuesta de personas seleccionadas y de reserva se debe a que no han alcanzado la puntuación suficiente para ser incluidos en dicha relación.

La consulta de las puntuaciones obtenidas en la evaluación se podrá realizar, a partir de mañana, desde la Carpeta Virtual de Expedientes-Facilit@ situada en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación. Para acceder a dicha Carpeta Virtual puede hacerlo con el usuario y contraseña de RUS (Registro Unificado de Solicitantes) utilizado para efectuar la solicitud o bien con su certificado digital o DNI electrónico.

Así mismo, y sin olvidar el carácter provisional de la propuesta, se recomienda a las personas seleccionadas iniciar las tareas de contacto con los Centros de I+D con objeto de la futura firma de un acuerdo de incorporación.

Las personas interesadas dispondrán de un plazo de 10 días hábiles para formular las alegaciones que estimen oportunas a través de la Carpeta Virtual de Expedientes.  No serán válidas las alegaciones recibidas por otro medio.

El plazo para la presentación de alegaciones finalizará el día 28 de septiembre de 2023.

 

(Fecha de publicación en web: 14 de marzo de 2024)

Con fecha de hoy se ha publicado en el apartado "Publicaciones", de esta página web de la Agencia Estatal de Investigación, la resolución por la que se publica la sexta relación de solicitudes de personas candidatas que se excluyen o se tienen por desistidas, con los motivos aplicados para tal consideración.

A partir de mañana se puede realizar la consulta del estado del expediente a través de la Carpeta Virtual de Expedientes-Facilit@ situada en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

(Fecha de publicación en web: 7 de febrero de 2024)

Con fecha de hoy se ha publicado en el apartado "Publicaciones", de esta página web de la Agencia Estatal de Investigación, la resolución por la que se publica la cuarta relación de solicitudes de personas candidatas que se excluyen o se tienen por desistidas, con los motivos aplicados para tal consideración.

A partir de mañana se puede realizar la consulta del estado del expediente a través de la Carpeta Virtual de Expedientes-Facilit@ situada en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

 

(Fecha de publicación en web: 18 de diciembre de 2023)

Con fecha de hoy se ha publicado en el apartado "Publicaciones", de esta página web de la Agencia Estatal de Investigación, la resolución por la que se publica la cuarta relación de solicitudes de personas candidatas que se excluyen o se tienen por desistidas, con los motivos aplicados para tal consideración.

A partir de mañana se puede realizar la consulta del estado del expediente a través de la Carpeta Virtual de Expedientes-Facilit@ situada en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

 

(Fecha de publicación en web: 28 de noviembre de 2023)

Con fecha de hoy se ha publicado en el apartado "Publicaciones", de esta página web de la Agencia Estatal de Investigación, la resolución por la que se publica la tercera relación de solicitudes de personas candidatas que se excluyen o se tienen por desistidas, con los motivos aplicados para tal consideración.

A partir de mañana se puede realizar la consulta del estado del expediente a través de la Carpeta Virtual de Expedientes-Facilit@ situada en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación.

 

(Fecha de publicación en web: 2 de noviembre de 2023)

Con fecha de hoy se ha publicado en el apartado "Publicaciones", de esta página web de la Agencia Estatal de Investigación, la resolución por la que se publica la segunda relación de solicitudes de personas candidatas que se excluyen o se tienen por desistidas, con los motivos aplicados para tal consideración.

A partir de mañana se puede realizar la consulta del estado del expediente a través de la Carpeta Virtual de Expedientes-Facilit@ situada en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación.

 

(Fecha de publicación en web: 7 de junio de 2023)

Con fecha de hoy se ha publicado en el apartado "Publicaciones", de esta página web de la Agencia Estatal de Investigación, la primera resolución de expedientes de personas participantes que se excluyen o se tienen por desistidas, con los motivos aplicados para tal consideración.

A partir de mañana se puede realizar la consulta del estado del expediente a través de la Carpeta Virtual de Expedientes-Facilit@ situada en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación.

(Fecha de publicación en web: 06 de junio de 2023)

Con fecha de hoy se publica en el apartado Publicaciones de esta página web, la resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación por la que se publica la relación de Centros de I+D elegibles, indicando para cada uno de ellos el número máximo de contratos ofertados a las ayudas Ramón y Cajal y su distribución por áreas temáticas.

Con objeto de proporcionar una mayor información a los investigadores candidatos sobre los contratos ofertados, se publica en este mismo apartado, un listado en el que se recogen las observaciones, y las direcciones de correo electrónico de contacto, que incluyeron los Centros de I+D en su solicitud para cada una de las áreas temática (ver información relacionada).

 

(Fecha de publicación en web: 8 de junio de 2023)

Con fecha de hoy se ha publicado en el apartado “Publicaciones”, de esta página web de la Agencia Estatal de Investigación, el segundo requerimiento de subsanación y trámite de audiencia para los expedientes de personas candidatas, presentadas a la convocatoria de ayudas Ramón y Cajal 2022.

El plazo de este requerimiento finaliza el día 22 de junio de 2023.

La consulta del estado del expediente, y presentación de los documentos preceptivos se debe realizar a través de la Carpeta Virtual de Expedientes-Facilit@, situada en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación, cuyo enlace se encuentra en la parte superior de esta página.

 

(Fecha de publicación en web: 21 de abril de 2023)

Con fecha de hoy se ha publicado en el apartado “Publicaciones”, de esta página web de la Agencia Estatal de Investigación, el requerimiento de subsanación y trámite de audiencia para los expedientes de personas candidatas, presentadas a la convocatoria de ayudas Ramón y Cajal 2022.

El plazo de este requerimiento finaliza el día 9 de mayo de 2023.

La consulta del estado del expediente, realización de la subsanación o presentación de alegaciones se debe realizar a través de la Carpeta Virtual de Expedientes-Facilit@, situada en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación, cuyo enlace se encuentra en la parte superior de esta página.

Para realizar la subsanación o presentación de alegaciones es necesario que las personas participantes aporten en su expediente, a través de la Carpeta Virtual de Expedientes-Facilit@, la documentación justificativa de los requisitos o documentos a subsanar.

No serán válidas las subsanaciones o alegaciones recibidas por otro medio.

Artículo 17. Evaluación y selección de las solicitudes de las personas candidatas.

1. La evaluación de las solicitudes de las personas candidatas se realizará en una única fase, conforme a lo establecido en el artículo 21 de las bases reguladoras, será competencia de la Subdivisión de Coordinación y Evaluación y se atendrá a las buenas prácticas internacionalmente admitidas para la evaluación. La evaluación se realizará por comisiones técnicas de personas expertas y por una Comisión de Selección. Los criterios que se aplicarán para la evaluación de las solicitudes son los establecidos en el anexo I de esta resolución. Los nombres de las personas expertas que participen en las comisiones técnicas serán publicados en la página web de la agencia, una vez finalizada la tramitación de la convocatoria.

2. Las comisiones técnicas de personas expertas, constituidas en función de las áreas temáticas, adoptarán por consenso para cada solicitud una única valoración para cada uno de los criterios y subcriterios establecidos en el anexo I de esta resolución, así como
una única valoración global. Además, dichas comisiones realizarán un informe científicotécnico para cada solicitud en el que se recogerá el resultado final de la valoración.

3. El procedimiento de evaluación podrá contemplar la celebración de entrevistas presenciales o videoconferencias. Tales actuaciones responderán a una convocatoria pública para todas las personas candidatas, respetando el principio de igualdad de oportunidades.

4. La Comisión de Selección, con arreglo a los criterios establecidos para la evaluación y a la vista de los informes científico-técnicos de las comisiones científico-técnicas, elaborará una relación priorizada de las solicitudes para el turno de acceso general, en cada una de la áreas temáticas, y para cada uno de los dos turnos de reserva, conforme al resultado de la evaluación efectuada, y propondrá las solicitudes seleccionadas y, en su caso, de reserva, de acuerdo con lo siguiente y con las disponibilidades presupuestarias:

a) Serán propuestas para financiación dentro del turno de acceso general, en cada área temática, las solicitudes que tengan una puntuación igual o superior a 80 puntos, hasta alcanzar el número de ayudas financiables por área temática resultante de aplicar lo dispuesto en el artículo 1.3. No obstante lo anterior, si tras aplicar lo dispuesto en el artículo 1.3 la suma de las ayudas por área temática difiere del total de ayudas convocadas, la cifra resultante para el área temática con mayor adjudicación de ayudas se obtendrá de la resta del número de ayudas convocadas y la suma de las ayudas resultantes para el resto de áreas temáticas. En caso de que haya varias áreas con la mayor adjudicación de ayudas, se considerará el área con mayor adjudicación, a los efectos de lo descrito en este párrafo, a aquella que figure en primer lugar siguiendo una ordenación alfabética entre áreas, conforme a la descripción de las mismas que figura en el anexo II.

Si tras la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior no se cubriera el número total de ayudas financiables en alguna de las áreas temáticas, éstas ayudas podrán cubrirse en otras áreas, aplicándose para su distribución un sistema equivalente al utilizado en el artículo 1.3.

b) Dentro de cada área temática, si el número de solicitudes que obtenga una puntuación igual o superior a 80 puntos es mayor al número de ayudas financiables, la propuesta de financiación se realizará siguiendo el orden decreciente de puntuación obtenida hasta alcanzar el número de ayudas financiables en dicha área.

En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación global, a efectos de resolver el empate, éste se dirimirá conforme a lo dispuesto en el anexo I.

c) Dentro de las solicitudes propuestas para financiación en el turno general, según lo dispuesto en los puntos a) y b) anteriores, será propuesta la ayuda para la atracción de talento a aquellas solicitudes que la hayan solicitado y cumplan los requisitos establecidos en el artículo 6.1.b). Para la distribución de las ayudas para la atracción de talento en cada área temática se aplicará un sistema equivalente al dispuesto en el artículo 1.3 para el turno general, únicamente teniendo en cuenta en este caso las solicitudes que hayan solicitado dicha ayuda y cumplan los requisitos, y el número de estas ayudas específicas convocadas, así como, cuando proceda, lo dispuesto en el punto a) anterior.

Dentro de cada área temática, si el número de solicitudes que han solicitado la ayuda para la atracción de talento y cumplen los requisitos establecidos es mayor al número de ayudas financiables, la propuesta de financiación se realizará siguiendo el orden decreciente de puntuación obtenida hasta alcanzar el número de ayudas financiables en dicha área.

No obstante, si tras la aplicación de lo dispuesto anteriormente no se cubriera el número total de ayudas financiables en alguna de las áreas temáticas, estas ayudas podrán cubrirse en otras áreas, aplicándose para su distribución un sistema equivalente al indicado en este punto.

d) Serán propuestas para financiación, dentro del turno de personas con discapacidad y del turno RyC-INIA-CCAA, respectivamente, las solicitudes que tengan una puntuación igual o superior a 80 puntos, hasta alcanzar el número de ayudas
financiables para cada turno. Si el número de solicitudes que obtenga una puntuación igual o superior a 80 puntos es mayor al número de ayudas financiables en cada turno, la propuesta de financiación se realizará siguiendo el orden decreciente de puntuación obtenida hasta alcanzar el número de ayudas financiables en cada turno.

En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación global, a efectos de resolver el empate, éste se dirimirá conforme a lo dispuesto en el anexo I.

e) Si tras la aplicación de lo dispuesto en los puntos anteriores no se cubriera el número total de ayudas financiables en alguno de los turnos de reserva, éstas ayudas se acumularán al turno de acceso general, aplicándose para su distribución un sistema equivalente al utilizado en el artículo 1.3.

f) Se podrá incluir una relación de solicitudes de reserva para el turno de acceso general, por área temática, y para el turno de personas con discapacidad y el turno RyC-INIACCAA, respectivamente, ordenada en sentido decreciente de la puntuación obtenida en la evaluación, entre aquellas solicitudes con una puntuación igual o superior a 80 puntos y que no hayan sido propuestas para financiación. Con objeto de establecer la ordenación, en caso de empate entre solicitudes, este se dirimirá conforme a lo dispuesto en el anexo I.

5. Composición de las comisiones técnicas de personas expertas.

Las comisiones técnicas estarán compuestas por colaboradores/as científico/as de la Agencia Estatal de Investigación, nombrados en virtud de lo establecido en el artículo 19 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, y otras personas expertas del área temática en la que se enmarquen las solicitudes.

Las comisiones técnicas serán nombradas por el órgano concedente, no tendrán la consideración de órgano colegiado y por lo tanto no les será de aplicación lo establecido en la sección 3.ª del capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Tendrán la siguiente composición:

a) Presidencia: un/a colaborador/a científico-técnico/a de la agencia, del área temática correspondiente.

b) Vicepresidencia: un/a colaborador/a científico-técnico/a de la agencia, del área temática correspondiente.

c) Vocales: un panel compuesto por personas expertas nombradas por el órgano concedente, seleccionadas según la naturaleza de cada área temática.

Las comisiones técnicas deberán contar con un/a secretario/a que será un/a funcionario/a de la Agencia Estatal de Investigación.

La composición de las comisiones técnicas se adaptará al carácter interdisciplinar de las áreas, ajustándose a los principios de composición y presencia equilibrada entre mujeres y hombres establecidos en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y a lo dispuesto en la Ley 14/2011, de 1 de junio, modificada por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre.

6. La Comisión de Selección será designada por el órgano concedente y tendrá la
siguiente composición:

a) Presidencia: la persona titular de la División de Coordinación, Evaluación y Seguimiento Científico y Técnico de la Agencia.

En caso de ausencia, podrá ser sustituida por quien ejerza el puesto de adjunto/a de la indicada división.

b) Vicepresidencia: la persona titular de la División de Programación y Gestión Económica y Administrativa de la Agencia. En caso de ausencia, podrá ser sustituida por quien ejerza el puesto de adjunto/a de la indicada división.

c) Vocales:

1.º Tres funcionarios/as de la Agencia Estatal de Investigación.

2.º Una persona representante del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación
(CDTI).

3.º Tres personas expertas entre los colaboradores científico-técnicos de la agencia que hayan participado en las comisiones técnicas, en cada uno de los siguientes ámbitos temáticos: Ciencias matemáticas, físicas, químicas e ingenierías (CMIFQ); Ciencias sociales y humanidades (CSH); y Ciencias de la vida (CV).

d) Ejercerá la secretaría una persona adscrita a la Subdivisión de Coordinación y Evaluación de la Agencia Estatal de Investigación, con nivel mínimo de jefe/a de servicio, que actuará con voz, pero sin voto.

En lo no previsto expresamente en esta convocatoria o en las bases reguladoras, el funcionamiento de la Comisión de Selección se regirá por lo establecido en la sección 3.ª del capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

La Comisión de Selección se ajustará a los principios de composición y presencia equilibrada entre mujeres y hombres establecidos en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y a lo dispuesto en la Ley 14/2011, de 1 de junio.

7. Realizada la evaluación de las solicitudes en la forma prevista en la presente convocatoria, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución provisional de personas seleccionadas, y en su caso de personas de reserva. Dicha propuesta será notificada a las personas interesadas, mediante su publicación en la página web de la agencia, concediéndoles un plazo de 10 días hábiles para que puedan formular las alegaciones que estimen oportunas.

8. Una vez vistas y valoradas las alegaciones, el órgano concedente dictará la resolución definitiva de personas seleccionadas, y en su caso de personas de reserva, que será comunicada a las personas interesadas mediante publicación en la página web de la agencia. Los términos de dicha resolución resultaran invariables, independientemente de que se dicten resoluciones de personas seleccionadas, procedentes de la relación de reservas, conforme al artículo 18.9.