Ayudas a Plataformas Tecnológicas y de Innovación 2020

Programa de Actuación Anual 2020

Publicada la Resolución de Concesión de Ayudas en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación. 09/03/2021

Plan Estatal
Programa
Estado de la convocatoria
Cerrada
Plazos de solicitud
-
Descripción general

El objetivo de esta convocatoria es la creación y consolidación de Plataformas Tecnológicas y de Innovación. Esta convocatoria se acoge al régimen de minimis regulado por el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Objetivos específicos y actividades que se financian

Las Plataformas Tecnológicas y de Innovación realizan actividades de fomento y dinamización de la I+D+i en el ámbito de los Retos. Son estructuras de intercambio y comunicación entre los distintos agentes del sistema español de ciencia-tecnología-innovación que impulsan la mejora de la capacidad tecnológica y la competitividad creciente del sector productivo nacional, realizando actividades de intercambio de conocimientos, de planificación y de difusión. Las Plataformas Tecnológicas y de Innovación son estructuras clave para el fomento de la colaboración público-privada y la detección de nuevas demandas en el ámbito de los Retos. Las actividades que se financian son:

a) Organización de la Asamblea Anual de la Plataforma.

b) Actividades de difusión o jornadas temáticas relacionadas con la actividad de la Plataforma.

c) Elaboración de documentos relacionados con la actividad de la Plataforma.

d) Elaboración de estudios prospectivos y estudios de demanda temprana.

e) Actuaciones en el ámbito de los Retos en colaboración con otras Plataformas.

f) Actuaciones encaminadas a favorecer la cooperación tecnológica y el asesoramiento en la preparación de proyectos de I+D+i.

g) Fomento de la participación en actividades de internacionalización de la I+D+i.

Presupuesto
4.000.000,00 €
Beneficiarios
a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2001, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

b) Universidades públicas y sus institutos universitarios.

c) Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.

d) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal válidamente inscritos en el momento de la presentación de la solicitud en el registro de centros regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 18 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.

e) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, cualquiera que sea su forma jurídica.

f) Empresas, entendiendo como tales a toda sociedad mercantil, independientemente de su forma jurídica, que de forma habitual ejerza una actividad económica dirigida al mercado.

g) Asociaciones empresariales sectoriales.
Órgano Instructor
Subdivisión de Planificación y Gestión Administrativa. Agencia Estatal de Investigación
Órgano de seguimiento científico-técnico
Subdivisión de Programas Temáticos Científico-Técnicos. Agencia Estatal de Investigación
Tipo de financiación
Subvención
Régimen de la convocatoria
Concurrencia competitiva
Información de contacto