La AEI tiene entre sus funciones la evaluación ex ante de todas aquellas actuaciones propias contenidas en el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación (PEICTI) que sean de su competencia. Además, también es cometido de la AEI la evaluación científico-técnica de propuestas de solicitud de financiación pública o privada, acordadas entre la AEI y los diferentes organismos públicos y privados que convoquen o gestionen programas de I+D+i (departamentos ministeriales, comunidades autónomas, fundaciones y universidades, entre otros).
Las actividades de evaluación que se llevan a cabo en la AEI se basan en el criterio de personas expertas independientes. El personal de la AEI no evalúa directamente las propuestas, sino que gestiona todo el procedimiento de evaluación.
Los procesos de evaluación se basan exclusivamente en méritos científicos y técnicos internacionalmente reconocidos, independientemente del origen o la identidad de las personas solicitantes.
Todo nuestro equipo de personal colaborador científico firma un compromiso de responsabilidades y cumplimiento de las normas deontológicas y de tratamiento de los conflictos de interés.
Con el afán de dar la mayor transparencia posible al proceso, todos los criterios de evaluación se publican en las convocatorias y en las bases reguladoras correspondientes. De igual manera se hace público el listado de todas las personas colaboradoras que forman parte de los equipos de coordinación de las Áreas Temáticas que incluye presidentes y presidentas, coordinadores y coordinadoras y gestores y gestoras. Así mismo, una vez finalizado el proceso de selección, se hace público la relación de las personas que han evaluado, y se hace llegar a las personas solicitantes el resultado de la evaluación de sus propuestas.
Todo el equipo de personas expertas, colaboradoras y el personal de la AEI que participa en el proceso de evaluación se comprometen con las condiciones de confidencialidad antes de iniciar la evaluación. Todas nuestras aplicaciones informáticas tienen mecanismos que garantizan la confidencialidad de las personas expertas y la trazabilidad de todas las operaciones.
La AEI está comprometida con el objetivo de evitar cualquier sesgo de género en los procesos de evaluación. Continuamente se trabaja en implantar medidas, criterios o acciones que favorezcan la igualdad de género en el ámbito de la evaluación científica. A su vez, se promueve la formación de las personas evaluadoras en materia de igualdad de género.
- Áreas Temáticas. Áreas del conocimiento en las que se organizan las disciplinas científicas en la AEI
- Paneles temáticos de la AEI. Están conformados por un equipo de personas colaboradoras, que se establecen para cada área y subárea temática. En cada panel se distinguen diferentes niveles de responsabilidad: Presidencia de Área, Coordinación de subárea y Gestión de subáreas.
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Expertas y expertos. Son personas externas a la AEI con experiencia científico-técnica probada que evalúa o valora una o varias solicitudes presentadas a una convocatoria. Las personas expertas pueden desarrollar su tarea individualmente, en remoto, a través de las aplicaciones de la AEI, o bien formando parte de una comisión técnica (presencial o telemática). Cuando estas personas participan en las evaluaciones de la AEI lo hacen en calidad de “colaboradores científicos y tecnológicos” de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (14/2011, de 1 de junio)
¿Qué diferencia hay entre personas expertas remotas y presenciales?
El personal experto remoto lleva a cabo la evaluación de una solicitud de forma aislada, sin tener acceso al resto de solicitudes de la convocatoria y por tanto no puede comparar entre ellas. El personal experto presencial, en cambio, hace inicialmente una evaluación personal de varias solicitudes de una misma convocatoria y posteriormente participan en las Comisiones técnicas en las que se discuten el total de solicitudes presentadas. Es decir, participa en una evaluación de todas las solicitudes presentadas relativa al total de solicitudes que revisa.
La evaluación de las solicitudes puede realizarse por personas expertas remotas (evaluación por pares), por comisiones técnicas presenciales (CT) o por una combinación de ambas modalidades. En algunas convocatorias pueden requerirse condiciones específicas, por ejemplo, que las personas expertas sean internacionales (convocatoria Severo Ochoa y María de Maeztu). En cualquier caso, los procedimientos y criterios de evaluación están siempre establecidos en las bases reguladoras y las convocatorias de las ayudas.
Una vez admitidas las solicitudes (tras un proceso de revisión y subsanación) estas son asignadas y gestionadas por los equipos de las áreas temáticas correspondientes.
Una vez asignadas las solicitudes, las etapas de la evaluación son las siguientes:
- Selección y asignación del personal experto.
El equipo de colaboradores de las áreas temáticas selecciona, para la evaluación de cada solicitud, personas expertas de perfil adecuado, evitando los posibles conflictos de interés. Cada solicitud tiene un mínimo de dos evaluaciones. En el caso de las evaluaciones presenciales, la Subdirección de Evaluación determina el número de personas expertas necesarias para formar la comisión técnica, que son propuestas por los equipos colaboradores de las áreas temáticas y que pueden requerir el Vº Bº del personal funcionario de la Dirección de Gestión Científica y Tecnológica para ser nombrados por la dirección de la AEI.
- Reunión de la Comisión Técnica (CT).
En las CT se analizan las valoraciones realizadas por las personas expertas para cada solicitud en el contexto de todas las solicitudes presentadas en cada área temática, con objeto de hacer una valoración global y única por consenso para cada solicitud, de acuerdo con los criterios y sub-criterios de evaluación establecidos en la convocatoria y teniendo en cuenta los informes elaborados previamente por las personas expertas.
- Propuesta de financiación.
La propuesta de financiación de cada ayuda seleccionada se hará teniendo en cuenta los comentarios de los informes de las personas expertas y de los informes de la CT, así como el presupuesto disponible previsto para cada área o subárea.
- Comisión de selección (CS).
Es el órgano colegiado que formula la propuesta de concesión de las ayudas. Su composición viene determinada en las bases reguladoras y en las convocatorias. A la vista de los informes de las CT, propone la lista de ayudas para ser financiadas y el presupuesto asignado a cada una de ellas.
Los aspectos científico-técnicos de las alegaciones y recursos son analizados por el equipo de colaboradores de las áreas temáticas. En aquellos casos en los que se considere oportuno, la jefatura de la Subdirección de Evaluación puede solicitar una nueva evaluación contando con personas expertas remotas que no hayan participado en la evaluación inicial.
En su caso, si el resultado de la alegación considera que la solicitud debe ser financiada, la CS decidirá sobre la priorización y la financiación de la solicitud, comunicando el resultado a la Dirección de la AEI, que procederá a la notificación mediante la publicación de la propuesta de resolución definitiva y al envío a las personas alegantes de los informes de respuesta a las alegaciones.
Todas las personas que participan en las comisiones científico-técnicos, así como las personas expertas que intervienen en el proceso de evaluación, reciben una retribución por su trabajo, de acuerdo con las tarifas vigentes aprobadas por el Ministerio de Hacienda.
La actuación de las personas que colaboran con la Agencia, formando parte de los equipos de coordinación de las áreas temáticas o realizando evaluaciones remotas o presenciales, se rigen por los principios y buenas prácticas comunes a toda deontología profesional: respeto a la persona, sentido de la responsabilidad, honestidad, sinceridad, competencia profesional y solidez de la fundamentación objetiva y científica de su intervención profesional. Antes de iniciar su colaboración o de aceptar la evaluación de una solicitud, firman un documento comprometiéndose a respetar las normas deontológicas y a comunicar todos los posibles conflictos de interés.
Todas las personas que participan en el proceso deben ser imparciales y mantener la mínima relación personal y profesional con el equipo de investigación solicitante/entidades solicitantes de las actuaciones a evaluar. La persona que evalúa una solicitud, al aceptar dicha evaluación, se compromete formalmente a no transmitir información sobre los contenidos de la solicitud, la evaluación realizada y su propia identidad. Por su parte, la AEI garantiza mantener la confidencialidad sobre la identidad de las personas que han evaluado en relación con las solicitudes y áreas evaluadas.
Las personas que siendo colaboradoras o expertas de la AEI participen en una solicitud de la convocatoria que estén gestionando o evaluando, o que consideren que concurren motivos personales o profesionales capaces de comprometer la ecuanimidad y probidad de su actuación respecto de una solicitud, deberán comunicar esta circunstancia a la presidencia del área temática y a la Subdirección de Evaluación.
Las aplicaciones de evaluación de la AEI tienen completa trazabilidad, de manera que cualquier acción que se realice sobre cada una de las solicitudes a evaluar queda registrada (asignación de la evaluación, modificación del estado de los expedientes, apertura, cierre o corrección de informes). Queda también registrada la persona que realiza la acción, así como la fecha y hora a la que se realiza.