Publicación de la propuesta de resolución provisional
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 y 21 de la Resolución de 30 de diciembre de 2013 por la que se aprueba la convocatoria de EQUIPA del año 2014, con fecha 2 de marzo de 2014 se ha publicado la propuesta de resolución provisional en la sede electrónica de la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, que surtirá todos los efectos de notificación según lo dispuesto en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre
Con esta notificación se inicia el trámite de audiencia, para que, en el plazo de diez días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de la propuesta de resolución provisional, pueda el interesado formular alegaciones y aportar cuantos documentos y justificaciones considere oportunos. Las alegaciones se presentarán por el representante legal de la entidad a través de la Carpeta Virtual de Expedientes/Facilit@.
En caso de que no se presenten alegaciones a la propuesta de resolución provisional de concesión de ayudas, , el interesado deberá proceder a la aceptación o no aceptación (desistimiento) de la ayuda propuesta en dicho plazo de diez días hábiles contados desde el siguiente al de publicación de la propuesta de resolución provisional. Se facilita un “modelo de aceptación”, y un “modelo de no aceptación” de la ayuda (desistimiento); uno u otro deberá ser firmado por el representante legal de la entidad interesada.
Si se acepta la ayuda propuesta, se requiere la aportación de la siguiente documentación firmada por el representante legal de la entidad propuesta como beneficiaria:
- El modelo de aceptación de la ayuda.
- Resguardo de constitución de la garantía
- El modelo declaración responsable de hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, préstamos y/o anticipos reembolsables.
- En el supuesto de que el solicitante no hubiera autorizado al órgano concedente para obtener los certificados telemáticos que acrediten hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, deberán aportarse las certificaciones administrativas positivas correspondientes expedidas por los órganos competentes.
- Declaración responsable de no haber solicitado la declaración de concurso voluntario, no haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse declarados en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia de un convenio, no estar sujetos a intervención judicial o no haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
- Copia de los dato de una cuenta bancaria reconocida en el Tesoro donde realizar el pago de la ayuda. En caso de que no la tuviera, copia de la solicitud de alta en el Servicio de Terceros de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera para empresas radicadas en Madrid, o en los de las Delegaciones de Hacienda provinciales en el resto de los casos.
Información relacionada
- Aceptación de la ayuda (doc 43.0 KB)
- No aceptación de la ayuda (doc 42.0 KB)
- Modelo de aval bancario (doc 63.5 KB)
- Declaración responsable obligaciones por reintegro (doc 56.5 KB)
- Declaración responsable no concurso (doc 56.0 KB)
- Publicación propuesta de resolución provisional (pdf 489.381 KB)
- Resolución de rectificación error material de la propuesta de resolución provisional EQUIPA 2014, Motivo de denegación (pdf 293.722 KB)
- Resolución rectificación error material de la propuesta de resolución provisional EQUIPA 2014, Título de la actuación (pdf 425.183 KB)
Publicación de la Propuesta de resolución definitiva
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 y 22 de la Resolución de 30 de diciembre de 2013 por la que se aprueba la convocatoria de EQUIPA del año 2014, con fecha 22 de abril de 2014 se ha publicado la propuesta de resolución definitiva en la sede electrónica de la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, que surtirá todos los efectos de notificación según lo dispuesto en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, para aquellas actuaciones que formularon alegaciones en el trámite de audiencia.
Las propuestas de resolución provisional de aquellas actuaciones que no formularon alegaciones, se consideran definitivas.
Con esta notificación se ha iniciado el plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de la propuesta de resolución definitiva para que las entidades propuestas como beneficiarias procedan a la aceptación de la ayuda y aportar la documentación requerida, o bien la no aceptación (desistimiento)
Si se acepta la ayuda propuesta, se requiere la aportación de la siguiente documentación firmada por el representante legal de la entidad propuesta como beneficiaria:
- El modelo de aceptación de la ayuda.
- Resguardo de constitución de la garantía. El plazo para la entrega de este documento será de 30 días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación de la propuesta de resolución definitiva
- El modelo declaración responsable de hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, préstamos y/o anticipos reembolsables.
- En el supuesto de que el solicitante no hubiera autorizado al órgano concedente para obtener los certificados telemáticos que acrediten hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, deberán aportar las certificaciones administrativas positivas correspondientes expedidas por los órganos competentes.
- Declaración responsable de no haber solicitado la declaración de concurso voluntario, no haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse declarados en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia de un convenio, no estar sujetos a intervención judicial o no haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
- Copia de los datos de una cuenta bancaria reconocida en el Tesoro donde realizar el pago de la ayuda. En caso de que no la tuviera, copia de la solicitud de alta en el Servicio de Terceros de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera para empresas radicadas en Madrid, o en las Delegaciones de Hacienda provinciales en el resto de los casos.
Se facilita a través de la página Web un modelo de aceptación y un modelo de no aceptación de la ayuda (desistimiento), uno u otro deberán de ser firmados por el representante legal de la entidad interesada, así como modelos de las declaraciones responsables.
La no aceptación de la ayuda propuesta (desistimiento) o la aceptación de la ayuda y la aportación de la documentación señalada anteriormente, debe hacerse por la entidad solicitante a través de la Carpeta Virtual de Expedientes/Facilit@ (https://sede.micinn.gob.es/facilita/), presentándose en formato PDF.
Información relacionada
- Aceptación de la ayuda (doc 43.0 KB)
- No aceptación de la ayuda (doc 42.0 KB)
- Modelo de aval bancario (doc 63.5 KB)
- Declaración responsable obligaciones por reintegro (doc 56.5 KB)
- Declaración responsable no concurso (doc 56.0 KB)
- Propuesta resolución defintiva EQUIPA 2014 (pdf 407.351 KB)