Esta actividad recoge el tratamiento de datos personales de personas que colaboran con la AEI como evaluadoras, técnicas o expertas en procesos de financiación y ejecución de la I+D+i. Incluye la selección, participación, evaluación, remuneración y seguimiento de estas personas, así como la trazabilidad del proceso evaluador y la coordinación con otros organismos financiadores, nacionales o internacionales.
El responsable del tratamiento de sus datos personales es
La Agencia Estatal de Investigación (AEI)
Torrelaguna, 58, PORTAL bis,
CP 28027, MADRID – ESPAÑA
Contacto de nuestra persona responsable de protección de datos (DPD) dpd@aei.gob.es
¿De dónde proceden los datos personales tratados?
- De las propias personas colaboradoras o evaluadoras, al presentar sus candidaturas, aceptar encargos o participar en procedimientos.
- De universidades, centros de investigación u otras entidades de adscripción profesional.
- De bases de datos científicas, publicaciones académicas o fuentes de acceso público.
- De otras administraciones u organismos nacionales o internacionales con los que la AEI colabore en redes o programas conjuntos.
¿Cuál es la finalidad del tratamiento de mis datos personales?
Seleccionar, gestionar y coordinar a personas colaboradoras y evaluadoras que participen en actividades vinculadas a la financiación pública de la I+D+i: evaluación de solicitudes, seguimiento de proyectos, participación en comisiones técnicas o científicas, revisión de informes, emisión de dictámenes y otras tareas derivadas de los procedimientos de ayudas.
También se tratan datos personales para la gestión administrativa, fiscal y económica asociada a estas colaboraciones, y para el cumplimiento de las obligaciones legales de la AEI.
¿Cuál es la base legal para el tratamiento de mis datos personales?
- Artículo 6.1.e) del RGPD: ejercicio de funciones públicas en el marco de la financiación de la I+D+i.
- Artículo 6.1.c): cumplimiento de obligaciones legales en materia de transparencia, contratación o fiscalización.
- Artículo 6.1.b): ejecución de encargos, contratos de colaboración o relaciones precontractuales.
- En su caso, artículo 6.1.a): consentimiento, cuando se requiera para fines específicos.
¿Qué datos personales pueden ser tratados en esta actividad?
- Datos identificativos.
- Datos de contacto.
- Datos académicos y profesionales.
- Datos de empleo o adscripción institucional.
- Datos bancarios y económicos.
- Otros datos relativos a experiencia investigadora o científica.
¿Qué categorías o grupos de personas se ven afectadas en este tratamiento?
- Personas expertas que actúan como evaluadoras externas.
- Personas colaboradoras técnicas o científicas en procesos de financiación.
- Personas integrantes de comités o paneles de evaluación.
- Representantes institucionales designados por organismos asociados.
¿Quién tiene acceso a los datos personales y a quién se comunican?
- Personal técnico y gestor de la AEI encargado de la gestión de evaluaciones y colaboraciones.
- Miembros de comités o comisiones cuando sea necesario para garantizar la trazabilidad del proceso.
- Administraciones públicas u organismos financiadores con los que se desarrollen programas conjuntos.
- Entidades bancarias o financieras, en el marco del abono de honorarios o compensaciones.
- Órganos de control o fiscalización.
- En su caso, personas solicitantes de ayudas, si la normativa de evaluación así lo exige, respetando el principio de minimización.
¿Se realizan transferencias internacionales de datos personales?
No se prevén transferencias internacionales de datos personales en el marco de esta actividad de tratamiento.
En caso excepcional de que alguna solicitud implique el tratamiento de datos que deban ser comunicados a entidades situadas fuera del Espacio Económico Europeo (EEE), la AEI adoptará las garantías adecuadas previstas en los artículos 44 a 49 del Reglamento General de Protección de Datos, informando previamente a la persona solicitante o afectada, y documentando la base jurídica correspondiente.
¿Se adoptan decisiones automatizadas o se elaboran perfiles con los datos personales?
No se adoptan decisiones automatizadas ni se elaboran perfiles con base en los datos personales tratados en esta actividad, conforme a lo previsto en el artículo 22 del Reglamento General de Protección de Datos.
¿Durante cuánto tiempo se almacenarán mis datos?
Los plazos de conservación estarán determinados por la normativa aplicable en materia de subvenciones y archivo, así como por los compromisos contractuales. Borraremos los datos una vez que ya no sean necesarios para los fines perseguidos y siempre que no se apliquen otros requisitos legales.
¿Qué derechos tengo en relación con mis datos personales?
Como persona interesada, tienes derecho a:
- Acceder a tus datos personales.
- Solicitar la rectificación de los datos inexactos o incompletos.
- Solicitar su supresión cuando ya no sean necesarios o concurran los supuestos previstos en la normativa.
- Solicitar la limitación del tratamiento en determinadas circunstancias.
- Oponerte al tratamiento de tus datos personales por motivos relacionados con tu situación particular.
- Presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es) si consideras que se ha producido una infracción de la normativa de protección de datos.
Estos derechos pueden ejercerse mediante solicitud dirigida a la Agencia Estatal de Investigación
(dpd@aei.gob.es), conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común.
En caso de que el tratamiento se base en el consentimiento, tendrás derecho a retirarlo en cualquier momento, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada.
¿Qué medidas se adoptan para proteger mis datos personales?
La Agencia Estatal de Investigación (AEI) aplica en todas sus actividades de tratamiento las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, conforme al artículo 32 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y al Esquema Nacional de Seguridad (ENS), regulado por el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo.
Estas medidas incluyen políticas de gestión de la seguridad de la información, control de accesos, protección contra software malicioso, cifrado, copia de seguridad, registro de actividades, gestión de incidentes, formación del personal, y otras medidas técnicas y organizativas adaptadas al nivel de riesgo identificado.
Dichas medidas se revisan y actualizan periódicamente y se aplican de forma transversal a todas las actividades de tratamiento gestionadas por la AEI.