Acceso a la Justificación Telemática
Instrucciones seguimiento científico. Modelos de informes
Presentación de los informes de seguimiento científico-técnico
Para el seguimiento científico-técnico del trabajo realizado por el personal contratado con las ayudas de este Subprograma y de acuerdo con la orden de bases y resolución de convocatoria se han de elaborar dos informes de seguimiento científico-técnico, uno relativo a los primeros 18 meses de contrato y otro final relativo a los 36 meses de ayuda, utilizando los modelos disponibles en la Información relacionada al final de esta página.
La presentación de dichos informes de seguimiento se ha de realizar desde la aplicación telemática que se encuentra habilitada en esta página web, por lo que no debe enviarse el informe impreso. Los centros de I+D deberán presentar, el informe de los 18 meses, antes de que se cumpla el mes número decimonoveno de la ayuda, y el final, de todo el periodo de ejecución de la ayuda, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización de la ayuda.
La aplicación telemática mostrará plazo abierto para la presentación del informe de 18 meses a partir del inicio del mes diecisiete de la ayuda y del informe final a partir del día siguiente al de la finalización de la ayuda.
Instrucciones:
Las instrucciones detalladas para su utilización se encuentran en el manual que se adjunta en esta página y se pueden resumir en los siguientes pasos:
Investigadores
- Registro del investigador (si no lo ha hecho para justificar otra ayuda anteriormente) y activación del acceso
- Seleccionar el Subprograma y la ayuda, actualizar datos, adjuntar el pdf del fichero correspondiente al modelo del informe de seguimiento cumplimentado y envío telemático (Ver documento en el pie de página)
- Generar la hoja resumen, que se ha de firmar y entregar en el Centro de I+D beneficiario de la ayuda
Centros de I+D
- Recepción de la hoja resumen firmada de los investigadores, que se quedará el propio Centro, no siendo necesario su envío al Ministerio
- Acceso a la aplicación con el usuario y clave utilizados para anteriores justificaciones de otras ayudas o nuevo registro.
- Cerrar la justificación y finalizarla accediendo al enlace de registro telemático que se habilita en la pantalla. Para realizar este registro es necesario utilizar la firma electrónica del representante legal.
Debido a que los impresos de justificación de los Centros tendrán firma y registro electrónico, no es necesaria su presentación en un registro presencial, ni su envío al Ministerio.
Información relacionada
- Modelo informe de seguimiento final (doc 385.5 KB)
- Justificación telemática
- Modelo informe de seguimiento de 18 meses (doc 38.0 KB)
Instrucciones Justificación Económica
Justificación económica de gastos Subprograma Juan de la Cierva
A las entidades beneficiarias de ayudas del Subprograma Juan de la Cierva les será requerida la cuenta justificativa de los gastos realizados, que contendrá:
- Fichas justificativas normalizadas, donde se recoge mediante relación detallada la descripción del gasto realizado (retribución y cuota empresarial de la Seguridad Social), su importe, justificante del gasto y de su pago, fecha de los mismos, etc. Se utilizarán los campos de recogida de datos y fichas normalizadas que se encuentran disponibles en la página Web de este Ministerio (los documentos acreditativos del gasto y del pago quedarán en poder de los beneficiarios, a disposición de los órganos de comprobación y control).
- En su caso, relación detallada de otros ingresos o ayudas percibidas que hayan financiado la actividad incentivada, con indicación de su importe y procedencia.
- En su caso, acreditación del reintegro de remanentes no aplicados.
Plazo de presentación
La memoria económica justificativa deberá presentarse en un plazo de tres meses a contar desde el día siguiente a la fecha de fin del plazo de ejecución de cada anualidad con los gastos efectuados en cada una de ellas.
Justificación telemática
La memoria económica justificativa deberá presentarse en un plazo de tres meses a contar desde el día siguiente a la fecha de fin del plazo de ejecución de cada anualidad con los gastos efectuados en cada una de ellas.
Remisión de la documentación
La cuenta justificativa de gastos, firmada por el representante legal de la entidad, debe ser remitida a:
Subdirección General de Gestión Económica y Presupuestaria Dirección General de Investigación Científica y Técnica Ministerio de Economía y Competitividad C/ Albacete, 5, Madrid 2807
Revisión de la cuenta justificativa de gastos
La comprobación formal para la liquidación de la subvención se realizará de modo exhaustivo sobre las cuentas justificativas presentadas, y las facturas o documentos de valor probatorio análogo que sustenten dichos informes serán objeto de comprobación en los cuatro años siguientes sobre la base de una muestra representativa. Para ello, la Subdirección General de Gestión Económica de Ayudas a la Investigación podrá requerir a los beneficiarios la remisión de los justificantes que compongan dicha muestra, así como realizar las visitas de control correspondientes.
El beneficiario estará sometido a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Dirección General de Investigación Científica y Técnica, la Intervención General de la Administración del Estado, el Tribunal de Cuentas, y los organismos que procedan según la normativa relativa a la gestión de las ayudas financiadas con los fondos estructurales de la Unión Europea, o cualquier otra normativa aplicable.
Los beneficiarios deberán disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos en los términos exigidos por la legislación aplicable al beneficiario, así como de las facturas y demás justificantes de gasto de valor probatorio equivalente y los correspondientes justificantes de pago. Este conjunto de documentos constituye el soporte justificativo de la subvención concedida, y garantiza su adecuado reflejo en la contabilidad del beneficiario.