Línea Inncorpora-Formación Profesional de Grado Superior 2011

Programa de Trabajo 2011
Título
LIA de Recursos Humanos
Plan Estatal
Programa
Subprograma
Estado de la convocatoria
Cerrada
Plazos de solicitud
-
Descripción general

El objetivo de la línea INNCORPORA-FPGS es incentivar la contratación de  Titulados en Formación Profesional Grado Superior ( tecnólogos-FPGS)  por parte de empresas, centros tecnológicos, centros de apoyo a la innovación tecnológica, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos para el desarrollo de proyectos de investigación industrial, de desarrollo tecnológico o estudios de viabilidad técnica previos, así como fomentar su formación, en el periodo 2012-2014.

Objetivos específicos y actividades que se financian

La financiación podrá aplicarse a los siguientes conceptos, que estén directamente relacionados con el desarrollo de la actuación: - Los gastos de personal derivados de la contratación de cada tecnólogo-FPGS , para que realice o participen en un proyecto de investigación industrial, de desarrollo tecnológico o estudio de viabilidad técnica previo (el cálculo comprenderá la retribución bruta más la cuota empresarial de la Seguridad Social) - Los gastos de consultoría o servicios equivalentes destinados a la formación inicial relacionada con el proyecto que se desarrolle, que realizará cada tecnólogo-FPGS contratado, por el que se solicite ayuda INNCORPORA-FPGS en esta convocatoria, y los viajes, alojamiento y manutención derivados de la asistencia a la parte presencial de la misma. - Los costes indirectos. (Para su cálculo se aplicará un porcentaje del 20 % de los gastos de personal).

Fondos Europeos
Presupuesto
342.000.000,00 €
Observaciones
(Presupuesto total del subprograma INNCORPORA)
Beneficiarios
Empresas, entre las que se incluyen las empresas “spin-off” y las Jóvenes Empresas Innovadoras (JEIs), Centros Tecnológicos, Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica, Asociaciones Empresariales y, Parques Científicos y Tecnológicos que desarrollen proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de viabilidad técnica previos. (Ver definiciones de los mismos en el Artículo 4 del texto de la convocatoria). No podrán obtener la condición de beneficiarios, a excepción de las sociedades mercantiles públicas, las entidades del sector público comprendidas en el ámbito de aplicación del artículo 2 del Texto refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaría, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2007, de 28 de diciembre, ni las comprendidas en el ámbito de aplicación del artículo 3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, ni las entidades en crisis.
Órgano Instructor
Subdirección General de Centros Tecnológicos y Desarrollo Empresarial
Tipo de financiación
Subvenciones y préstamos
Régimen de la convocatoria
Competitiva
Información de contacto