Documentación Justificativa
Esta página contiene las instrucciones para cumplimentar la documentación justificativa aplicable a la concesión de ayudas a la creación e impulso de Redes tecnológicas 2006.
Solicitudes para los programas, subprogramas y acciones estratégicas convocados por la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación.
Información relacionada
Manual de instrucciones (doc 482.0 KB) Justificación de ayudas para el apoyo a la creación e impulso de redes tecnológicas
Presentación de la documentación técnico-económica (doc 28.5 KB)
Informe económico (doc 72.5 KB)
F.1. Inversiones en aparatos y equipos físicos y lógicos (doc 22.0 KB)
F.1.1 Inversiones en aparatos y equipos físicos y lógicos (Amortizaciones) (doc 21.0 KB)
F.1.2. Inversiones en aparatos y equipos físicos y lógicos (Alquiler o Leasing) (doc 20.5 KB)
F.2. Material fungible (doc 22.5 KB)
F.3.1. Gastos de personal de apoyo técnico (doc 22.5 KB)
F.3.2. Gastos de otro personal (doc 22.5 KB)
F. 4. Subcontrataciones (doc 24.0 KB)
F.5.1. Otros gastos generales: costes indirectos (doc 22.5 KB)
F. 5.2. Otros gastos: viajes (doc 22.0 KB)
F. 5.3. Otros gastos: formación externa de personal (doc 23.5 KB)
F.5.4. Otros gastos generales (doc 22.5 KB)
Asunción de préstamo por entidad bancaria
Para acogerse a lo establecido en el apartado vigésimo tercero de la Orden PRE/690/2005, de 18 de marzo (BOE 19.03.2005), modificada por la Orden PRE/402/2006, de 16 de febrero (BOE 20.02.2006), una vez se ha cumplido la justificación efectiva de la realización del proyecto o actuación objeto de la ayuda, en el que una entidad de crédito asuma de manera irrevocable el reembolso según el calendario de amortizaciones fijado en la resolución estimatoria de la concesión de ayuda, es requisito indispensable la presentación de la justificación a la que deberá acompañarse solicitud suscrita por el beneficiario y la entidad financiera.
La operación solo se llevara a cabo tras la Comprobación técnico económica del proyecto realizado. Cumplidos todos los requisitos el MEC podrá autorizar la sustitución de la figura del obligado a la devolución del préstamo, en dos modalidades:
- Respecto de la totalidad del préstamo concedido,
- Respecto de la parte del préstamo que haya sido debidamente justificada y comprobada, caso de revocación parcial.
A continuación se insertan los modelos de Resolución por los que el MEC autoriza la asunción por una entidad financiera de la obligación de devolución de préstamo.
Información relacionada
Manual de instrucciones (doc 482.0 KB) Justificación de ayudas para el apoyo a la creación e impulso de redes tecnológicas
Resolución de autorización (doc 50.5 KB) Resolución de autorización de la Asunción de la obligación de devolución del préstamo EXPTE RET- 000000-0000-00
Caso de revocación parcial (doc 50.0 KB) Resolución de autorización de la Asunción de la obligación de devolución del préstamo EXPTE RET-000000-0000-000