Ayudas para contratos para la formación de investigadores en empresas 2014 (Doctorados Industriales)

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Justificación

Seguimiento científico-técnico de 18 meses

Para el cumplimiento del seguimiento científico-técnico correspondiente a los 18 primeros meses de las ayudas para contratos Doctorados Industriales y de acuerdo con las distintas Órdenes y Resoluciones de convocatoria, se ha de elaborar un informe que se presentará al órgano concedente antes de que finalice el mes siguiente al periodo que abarca el informe (mes 19).

El informe será cumplimentado por la entidad beneficiaria utilizando el modelo disponible en la página web del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad y será adjuntado por el representante legal de la entidad, mediante la aplicación telemática de justificación. Una vez cargado el informe se debe cerrar la justificación con firma y registro electrónico.

Los informes de seguimiento describirán las actividades realizadas por el investigador en formación en la empresa y las actividades formativas incluidas en el programa de doctorado en el que se encuentra matriculado durante el periodo comprendido en el informe, así como en su caso, el plan de trabajo para el resto del periodo de ejecución de la ayuda, haciendo una referencia específica a la situación, evolución y obtención de la tesis doctoral. Además, se describirán los beneficios obtenidos por la entidad beneficiaria con la contratación, así como las actuaciones de I+D adicionales respecto a las que habitualmente se venían realizando. En el informe de seguimiento se incluirá, en el caso de haberse realizado estancias, descripción de las actividades desarrolladas.

Los informes de seguimiento científico-técnico tendrán carácter confidencial.

Información relacionada

Seguimiento científico-técnico de 36 meses

Para el cumplimiento del seguimiento científico-técnico correspondiente a los 36 primeros meses de las ayudas para contratos Doctorados Industriales y, de acuerdo con las distintas Órdenes y Resoluciones de convocatoria, se ha de elaborar un informe que se presentará al órgano concedente antes de que finalice el mes siguiente al periodo que abarca el informe (mes 37).

El informe será cumplimentado por la entidad beneficiaria utilizando el modelo disponible en la página web del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad y será adjuntado por el representante legal de la entidad, en la aplicación telemática de justificación (https://sede.micinn.gob.es/justificaciones/). Una vez cargado el informe se debe cerrar la justificación con firma y registro electrónico.

Los informes de seguimiento describirán las actividades realizadas por el investigador en formación en la empresa y las actividades formativas incluidas en el programa de doctorado en el que se encuentra matriculado durante el periodo comprendido en el informe, así como en su caso, el plan de trabajo para el resto del periodo de ejecución de la ayuda, haciendo una referencia específica a la situación, evolución y obtención de la tesis doctoral. Además, se describirán los beneficios obtenidos por la entidad beneficiaria con la contratación, así como las actuaciones de I+D adicionales respecto a las que habitualmente se venían realizando. En el informe de seguimiento se incluirá, en el caso de haberse realizado estancias, descripción de las actividades desarrolladas.

Para que la evaluación de este informe tenga la consideración de favorable será necesario que, además de la correcta ejecución de las actividades en el marco del proyecto, se haya obtenido la tesis doctoral o, excepcionalmente, se considere que la evolución de la misma permitirá su obtención durante la cuarta anualidad.

Junto a este informe de seguimiento, se deberá adjuntar, en caso de que no haya sido presentado con anterioridad, contrato laboral con el investigador en formación de carácter indefinido.

Los informes de seguimiento científico-técnico tendrán carácter confidencial.

Seguimiento científico- técnico final

Para el cumplimiento del seguimiento científico-técnico final de las ayudas para contratos Doctorados Industriales y, de acuerdo con las distintas Órdenes y Resoluciones de convocatoria, se ha de elaborar un informe que abarque todo el periodo de la ayuda y que se presentará al órgano concedente antes de que finalice el mes siguiente a la ejecución total de la actividad.

El informe será cumplimentado por la entidad beneficiaria utilizando el modelo disponible en la página web del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad y será adjuntado por el representante legal de la entidad, en la aplicación telemática de justificación (https://sede.micinn.gob.es/justificaciones/). Una vez cargado el informe se debe cerrar la justificación con firma y registro electrónico.

Los informes de seguimiento describirán las actividades realizadas por el investigador en formación en la empresa y las actividades formativas incluidas en el programa de doctorado en el que se encuentra matriculado durante el periodo comprendido en el informe, así como en su caso, el plan de trabajo para el resto del periodo de ejecución de la ayuda, haciendo una referencia específica a la situación, evolución y obtención de la tesis doctoral. Además, se describirán los beneficios obtenidos por la entidad beneficiaria con la contratación, así como las actuaciones de I+D adicionales respecto a las que habitualmente se venían realizando. En el informe de seguimiento se incluirá, en el caso de haberse realizado estancias, descripción de las actividades desarrolladas.

Para que la evaluación del informe de seguimiento final tenga la consideración de favorable  será necesario que, además de la correcta ejecución de las actividades en el marco del proyecto se haya obtenido la tesis doctoral a lo largo de los tres primeros años de la ayuda o, excepcionalmente, durante la cuarta anualidad cuando la evolución de la misma lo haya condicionado.

Los informes de seguimiento científico-técnico tendrán carácter confidencial.

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