Las principales novedades de la convocatoria 2025 son las siguientes:
PRESUPUESTO MÍNIMO DE PROYECTO
El presupuesto mínimo total del proyecto, incluyendo únicamente los costes directos, será de 350.000 euros.
APLICACIÓN SOLICITUD DE AYUDA: PRESUPUESTO
En la aplicación de solicitud de ayuda se incluirá únicamente el presupuesto correspondiente a los costes directos.
APLICACIÓN SOLICITUD DE AYUDA: COSTES INDIRECTOS
Desaparece este apartado, sólo se podrá consignar el presupuesto relativo a los costes directos.
APLICACIÓN SOLICITUD DE AYUDA: AYUDA SOLICITADA
Desaparece este apartado.
COSTES INDIRECTOS
Los costes indirectos se determinarán en la resolución de concesión:
- Para las entidades beneficiarias descritas en el artículo 5.1 a), b), c), d), e), f) y g) los costes indirectos se calcularán como un porcentaje fijo del 25 % sobre los gastos directos del proyecto válidamente justificados, sin necesidad de aportar justificantes.
- Para las empresas y asociaciones empresariales sectoriales definidas en el artículo 5.1 h) e i), los costes indirectos se calcularán como un porcentaje fijo del 20 % sobre los gastos directos del proyecto válidamente justificados, sin necesidad de aportar justificantes, de conformidad con lo dispuesto en el Marco sobre Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (2022/C 414/01).
PERSONAL PROPIO ENTIDADES ART. 9.1. a) y 9.1.d)
No se financiarán y no se incluirán en la solicitud los costes del personal propio financiados con cargo al capítulo I “Gastos de Personal” del organismo o entidad.