Equipamiento Científico-Técnico 2018

Programa de Actuación Anual 2018

Se amplía el plazo de justificación ex post con indicadores hasta el 29 de julio de 2024

Una manera de hacer Europa

Plan Estatal
Programa
Subprograma
Estado de la convocatoria
Cerrada
Plazos de solicitud
-
Descripción general

Adquisición, instalación y actualización de equipamiento científico–técnico necesario para la ejecución de la investigación de calidad, la mejora de los resultados e impacto científico, económico y social de los mismos, así como para el propio funcionamiento de las infraestructuras de investigación existentes.

Objetivos específicos y actividades que se financian

La adquisición, mejora, actualización e instalación del equipamiento científico-técnico necesario para la ejecución de la investigación científico-técnica de calidad, la mejora de resultados e impacto científico, económico y social de los mismos. En concreto, se priorizará el equipamiento de uso compartido.

Fondos Europeos
Presupuesto
187.000.000,00 €
Beneficiarios
Podrán tener la consideración de beneficiarios aquellas entidades de entre las incluidas en el artículo 4 de las bases reguladoras, que se puedan enmarcar en alguna de las siguientes categorías:

a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

b) Las universidades públicas e institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

c) Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.

Las entidades beneficiarias, con independencia de su naturaleza jurídica, deberán formar parte del sector público institucional y estar inscritas en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el título II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Adicionalmente, las entidades beneficiarias deberán ajustarse a la definición de organismo de investigación establecida en la sección 1.3.ee) de la Comunicación de la Comisión sobre el Marco de Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (2014/C 198/01).
Órgano Instructor
Subdivisión de Planificación y Gestión Administrativa. Agencia Estatal de Investigación
Órgano de seguimiento científico-técnico
Subdivisión de Programas Científico-Técnicos Transversales, Fortalecimiento y Excelencia. Agencia Estatal de Investigación
Tipo de financiación
Subvenciones, préstamos y anticipos reembolsables con cargo a FEDER
Régimen de la convocatoria
Concurrencia competitiva
Información de contacto