Nota informativa sobre la ampliación de plazos de justificación

14 Martxoa 2024

A la vista de la recepción en la AEI de numerosas solicitudes de ampliación de las ventanillas de justificación tanto económica como científico-técnica solicitando, en algunos casos, ampliaciones para ayudas ya ampliadas o que incluso tienen cerrada la ventanilla y la justificación presentada, parece conveniente aclarar la nota publicada el pasado 16 de febrero (Ampliación de plazos de Justificación Económica | Agencia Estatal de Investigación (aei.gob.es).

La consideración principal por parte de la AEI ha sido ampliar el plazo de justificación económica a aquellas convocatorias de ayudas en las que es presumible una mayor carga administrativa, como es el caso de la justificación económica final de ayudas a proyectos que hubieran abierto la ventanilla de justificación a fecha 1 de enero de 2024 y cerraban inicialmente a 1 de abril. Para las convocatorias con la citada consideración, e indicadas en la nota del 16 de febrero, son las que se ha ampliado el plazo de justificación económica hasta el máximo permitido que es el 15 de mayo de 2024. No se contempla una ampliación generalizada del plazo de justificación científico-técnica.

Esta decisión está basada en que la justificación económica final es la última ventanilla de presentación de gastos y no existe la posibilidad de presentarlos en otra ventanilla ordinaria posterior. Es conveniente recordar que, en las convocatorias de proyectos el periodo de ejecución es único, por lo que el beneficiario puede presentar cualquier gasto en cualquier ventanilla de justificación, es decir, las inversiones y gastos pueden realizarse a lo largo del período de ejecución sin que coincidan necesariamente con el plan de pagos de la ayuda, y la presentación de los gastos se puede hacer en cualquiera de las ventanillas de justificación que se abran.

Cabe resaltar que la solicitud de ampliaciones del periodo de justificación de las convocatorias no indicadas en la nota del 16 de febrero, tanto científica como económica, deberá atender a una excepcionalidad muy concreta para la ayuda a la que solicita la ampliación que impida su presentación, siempre debidamente fundamentada, y en todo caso, únicamente para las ayudas que tienen abierta la ventanilla para la correspondiente justificación.

Por último, en relación con la ampliación del plazo para la justificación científico-técnica, tal y como se indica en la notificación publicada en la página web de la AEI el pasado día 16 de febrero, se deberá solicitar de manera individual y motivada la ampliación a través de la Carpeta Virtual de Expedientes / Facilit@ únicamente para aquellas ayudas que tengan abierta la correspondiente ventanilla de justificación y cuando concurran situaciones muy excepcionales que impidan la presentación del informe científico-técnico final en el periodo ordinario habilitado.

Fuera de estas consideraciones, no se prevé la ampliación generalizada de las ventanillas de los periodos de justificación tanto económica como científico-técnica.