Cuestiones de interés sobre la nueva convocatoria HORIZONTE PYME
¿Cualquier pyme puede presentarse a esta convocatoria?
No, solamente aquellas que se hayan presentado a la Fase I de alguna de las convocatorias del Instrumento Pyme de Horizonte 2020 y hayan obtenido una puntuación igual o superior a 12 puntos. Esta condición se acreditará aportando el correspondiente “Informe resumido de evaluación” emitido por la Comisión Europea.
¿Se pueden presentar varias solicitudes para el mismo proyecto?
No, si se ha presentado varias veces el mismo proyecto a la Fase I de las convocatorias del Instrumento Pyme y se ha obtenido en varias una nota igual o superior a 12 sólo se admitirá una solicitud por propuesta de producto, proceso o servicio innovador.
¿Se pueden presentar varias solicitudes para distintos proyectos?
Si, una misma pyme puede presentar tantas propuestas como solicitudes diferentes presentadas a la Fase I tenga calificadas con una nota igual o superior a 12.
¿Qué tipo de propuestas se financian?
Esta convocatoria sólo financia propuestas de tipo individual.
¿Cómo afecta el régimen de mínimis a la ayuda solicitada por la pyme?
El régimen de mínimis afecta sobre todo al importe máximo que se puede conceder a la pyme. De acuerdo con los límites establecidos en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, las ayudas reguladas en la convocatoria no podrán superar en ningún caso, ni individualmente ni como resultado de la acumulación con otras ayudas de mínimis concedidas a la misma entidad, el importe máximo total por entidad de 200.000 euros, o 100.000 euros si estas entidades operan en el sector del transporte por carretera.
Este límite aplicará a las ayudas de mínimis obtenidas durante un período de tres ejercicios fiscales, teniendo en cuenta que a los efectos de cálculo de acumulación de ayudas de mínimis todas las entidades que estén controladas (de hecho o de Derecho) por una misma entidad deben considerarse una única entidad. Se considerará que dos o más entidades constituyen una única entidad si tienen al menos uno de los vínculos establecidos en el artículo 2.2 del Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013.
A los efectos de esta convocatoria, se consideran como ejercicios fiscales a tener en cuenta los siguientes años: 2013, 2014 y 2015. Para el cálculo del importe máximo a conceder (200.000 euros o 100.00 euros, en su caso) se debe tener en cuenta la ayuda solicitada en esta convocatoria.
¿Qué documentación se tiene que aportar en la solicitud de ayuda?
1.- La memoria presentada a la convocatoria del Instrumento Pyme. Podrá presentarse tanto en inglés como en español.
2.- El “Informe resumido de evaluación” que emite la Comisión Europea con la puntuación otorgada a la memoria presentada.
3.- Una memoria adicional de una extensión no superior a 4 páginas en la que brevemente se justifiquen los conceptos de gasto solicitados.
¿Esta ayuda es compatible con otras?
Las propuestas presentadas no podrán haber obtenido financiación en ninguna de las convocatorias del Instrumento Pyme de Horizonte 2020, ni en cualquier otra convocatoria pública de ayudas.
¿Qué requisitos de tramitación PREVIOS se necesitan para poder presentar una solicitud de ayuda?
Todas las entidades participantes deberán estar dadas de alta en el Sistema de Entidades. Sus Representantes Legales deberán disponer de un certificado digital admitido en la plataforma Valide.
Información relacionada
¿Cómo se hace una solicitud de ayuda a HORIZONTE PYME?
En este sentido se recomienda consultar el MANUAL DE USUARIO de la aplicación que se publicará en la web del Ministerio, sección Ayudas y Convocatorias.
No obstante, y en líneas generales, el procedimiento para presentar una solicitud de ayuda a HORIZONTE PYME es el siguiente:
1.- Para crear una solicitud de ayuda HORIZONTE PYME, la entidad solicitante deberá cumplimentar el formulario electrónico disponible en la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, en el apartado “Procedimientos y servicios electrónicos”, desde donde, accediendo al Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+I se llegará a la aplicación relativa a la convocatoria HORIZONTE PYME
2.- Una vez dentro de la aplicación, deberá dar de alta la solicitud.
3.- Una vez completado el formulario se deberá firmar la Declaración de Conformidad de Participación, el cuestionario (generado en la propia aplicación) y el registro electrónico de la solicitud de ayuda.
Para problemas informáticos con la firma digital o con la configuración de los equipos, se puede dirigir un correo electrónico al siguiente e-mail: Consultas de tipo informático (Servicios Informáticos)
¿Existe un modelo para la solicitar la ayuda?
No existe ningún modelo de solicitud de ayuda. En este sentido, se recomienda consultar el MANUAL DE USUARIO de la aplicación de solicitud que se publicará en la web del Ministerio, sección Ayudas y Convocatorias.
El documento de solicitud de ayuda se generará automáticamente tras cumplimentar el formulario electrónico disponible en la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, en el apartado “Procedimientos y servicios electrónicos”, desde donde, accediendo al Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+I se llega a la aplicación relativa a la convocatoria HORIZONTE PYME.
¿Existe un modelo para hacer la Declaración de Conformidad de Participación?
No existe un modelo para hacer la Declaración de Conformidad. En este sentido, se recomienda consultar el MANUAL DE USUARIO de la aplicación que se publicará en la web del Ministerio, sección Ayudas y Convocatorias.
La Declaración de Conformidad de Participación se generará automáticamente, tras cumplimentar los datos de la solicitud de ayuda en el formulario electrónico disponible en la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, en el apartado “Procedimientos y servicios electrónicos”, desde donde, accediendo al Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+I se llega a la aplicación relativa a la convocatoria HORIZONTE PYME.
¿Existe un modelo para hacer el Cuestionario?
No existe ningún modelo para hacer el cuestionario. En este sentido, se recomienda consultar el MANUAL DE USUARIO de la aplicación que se publicará en la web del Ministerio, sección Ayudas y Convocatorias.
El Cuestionario se podrá generar en la aplicación informática de solicitud tras cumplimentar el formulario electrónico disponible en la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, en el apartado “Procedimientos y servicios electrónicos”, desde donde, accediendo al Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+I se llega a la aplicación relativa a la convocatoria HORIZONTE PYME.
¿Qué gastos se consideran financiables?
Se considerarán elegibles los siguientes conceptos de gasto:
- Personal propio y nueva contratación (este gasto debe ser como mínimo el 10% del presupuesto solicitado)
- Subcontratación
- Viajes
- Asistencias técnicas
- Consultoría. Servicios de un asesor perteneciente a las lista de coacher designados por la Agencia Ejecutiva de la Pequeña y Mediana Empresa (EASME) de la Comisión Europea para el Instrumento Pyme hasta un máximo de 18.000 euros
- Auditoría de Cuentas
¿Existen limitaciones al presupuesto?
No existe un presupuesto mínimo ni máximo, pero este debe ser adecuado a los trabajos a realizar. Del presupuesto presentado, el órgano instructor determinará el que se considere financiable. El importe de la ayuda concedida en subvención será el de este presupuesto financiable.
¿Desde cuándo se puede imputar gastos?
Desde el 1 de enero de 2015, aunque el estudio de viabilidad (técnico y comercial) objeto de la ayuda tiene que finalizar tras la presentación de la solicitud.
¿Cuánto tiempo se puede contratar los servicios de consultoría de un ‘coacher’?
No existe limitación de tiempo, tan sólo de importe. El importe a financiar en este concepto de gasto será menor de 18.000 €.
¿Se financia la compra de equipos, ordenadores u otro tipo de inventariable informático?
No, este tipo de gastos no son financiables.
¿Se financian los gastos de material de oficia y consumibles informáticos?
No, este tipo de gastos no son financiables.
¿Cómo se puede obtener una copia del cuestionario tras el registro electrónico de la solicitud?
Antes de registrar electrónicamente la solicitud de ayuda se recomienda imprimir/guardar en el PC los documentos a registrar, sobre todo el cuestionario, ya que este documento, una vez registrada la solicitud, no podrá consultarse en la aplicación de solicitud.
No obstante, el usuario podrá conseguir en cualquier momento una copia de todos los documentos que ha registrado a través de la aplicación de firmarsolicitud, accediendo con el usuario y clave de RUS.
Una vez dentro, se seleccionará la solicitud registrada y se pulsará el botón "Información del Registro". Una vez pulsado dicho botón, se abrirá una nueva pantalla con los documentos que se han registrado (Declaración de Conformidad de Participación, Cuestionario y Solicitud de Ayuda). Se seleccionará el que se necesite y se guardará una copia en el PC.
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¿Se puede pedir prórroga del periodo de ejecución?
Si, el periodo de ejecución puede exceder del 31 de diciembre del 2015 prorrogándose en el 2016, siempre que se solicite formalmente a través de la Carpeta Virtual de Expediente y se justifique la necesidad de dicha prórroga.
¿Se puede recibir la transferencia de pago de la ayuda a una cta. corriente ordinaria?
Para proceder al pago de las ayudas es necesario que el beneficiario tenga alguna cuenta bancaria reconocida en el Tesoro, según Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 20/04/08 que modifica la Orden de 27/12/95 sobre procedimientos para el pago de obligaciones de la Administración General del Estado (BOE nº 111 de 09/05/08). Si no la tuviese deberá gestionar su alta en el Servicio de Terceros de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera para empresas radicadas en Madrid, o en los de las Delegaciones de Hacienda para empresas radicadas en otras provincias.