Centros de Excelencia «Severo Ochoa» y «Unidades María de Maeztu» 2020

Itzuli deira

Justificación y seguimiento

Centros Severo Ochoa y Unidades María de Maeztu acreditados

La justificación y seguimiento de los Centros de Excelencia Severo Ochoa y de las Unidades de Excelencia María de Maeztu acreditados en la convocatoria del año 2020 se compone de los siguientes hitos:

  • Año 2023:
    • Presentación de la relación de gastos.
      • Fecha de apertura de la ventanilla: de 1 de marzo a 30 de mayo de 2023.
  • Año 2024:
    • Presentación de la relación de gastos.
      • Fecha de apertura de la ventanilla: de 1 de enero a 1 de abril de 2024.
    • Seguimiento científico-técnico bienal.
  • Año 2025:
    • Presentación de la relación de gastos.
  • A partir del año 2026:
    • Presentación de las justificaciones finales: científico-técnico y económica.

Centros y unidades no acreditados

El plazo de ejecución para las actividades de alto impacto de los centros y unidades no acreditados será de un año. Los centros y unidades no acreditados tendrán únicamente un seguimiento final.

  • Año 2023:
    • Justificación económica final
      • Fecha de apertura de la ventanilla: de 01 de abril al 30 de junio de 2023.
  • Año 2024:
    • Justificación científico-técnica final
      • Fecha de apertura de la ventanilla: de 15 de enero al 30 de abril de 2024.

La Resolución de 4 de diciembre de 2020, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria del año 2020 para la concesión de las acreditaciones y ayudas públicas de Centros de excelencia «Severo Ochoa» y de Unidades de Excelencia «María de Maeztu» del Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional, establece en su artículo 21 que los pagos sucesivos al de la primera anualidad de la ayuda estarán condicionados a la presentación de la relación de gastos y pagos efectuados durante el ejercicio anterior.

De acuerdo con dicha resolución, la aplicación informática JUSTIWEB se abre anualmente para la presentación, por parte del representante legal de la entidad, de los gastos relativos a las ayudas.

En esta fase no es obligatorio presentar ningún documento adicional.

Todos los gastos que se justifiquen deberán estar efectivamente pagados.

El seguimiento de las actividades científicas se realizará por el Comité Científico de Seguimiento, a partir de:

  1. La documentación presentada por los centros o unidades: 
    • Formulario de la aplicación telemática cumplimentado.
    • Centros: Memoria de autoevaluación (Self evaluation report), según el modelo facilitado en la sección “Modelos de formularios para justificación científico-técnica”, que incluirá la actualización de los indicadores de seguimiento del programa de investigación. Los Centros que fueron acreditados, además, en convocatorias anteriores a 2020, deberán utilizar el Modelo “Intermedio Severo Ochoa 2020. Self-evaluation Report 2020. Con acreditación previa”. Los que solamente fueron acreditados en la convocatoria de 2020, deberán utilizar el Modelo “Intermedio Severo Ochoa 2020. Self-evaluation Report 2020. Sin acreditación previa”.
    • Unidades: Memoria de autoevaluación (Self evaluation report), según el modelo facilitado en la sección “Modelos de formularios para justificación científico-técnica”, que incluirá la actualización de los indicadores de seguimiento del programa de investigación. Las Unidades que fueron acreditadas, además, en convocatorias anteriores a 2020, deberán utilizar el Modelo “Intermedio María de Maeztu 2020. Self-evaluation Report 2020. Con acreditación previa”. Las que solamente fueron acreditadas en la convocatoria de 2020, deberán utilizar el Modelo “Intermedio María de Maeztu 2020. Self-evaluation Report 2020. Sin acreditación previa”.
    • El informe de la última evaluación externa realizada por el Comité Externo Asesor del Centro, incluidos aquellos centros acogidos a la excepción del punto 7º del artículo 5.c) que se presentan como unidad, o, en su caso, de la Unidad.
    • Cualquier otro documento que considere relevante para el seguimiento (Further information), en formato libre.
    • La descripción de las actividades llevadas a cabo para la difusión y publicidad de la ayuda concedida (Difusión, comunicación y publicidad de la ayuda), en formato libre.
  2. Una entrevista presencial con los directores científicos.

Centros y unidades no acreditados

Los centros y unidades no acreditados tendrán únicamente un seguimiento final, a partir de la documentación o información que presente la entidad beneficiaria, que deberá mostrar claramente la trayectoria ascendente, y que deberá ajustarse al modelo disponible en la página web.

Para el seguimiento científico-técnico final de las actuaciones de alto impacto, los directores científicos de los centros/unidades deberán presentar los siguientes documentos:

  • Formulario de la aplicación telemática cumplimentado
  • Modelo de Informe de justificación científico-técnica final

 

Para el seguimiento económico final, los representantes legales de las entidades de los centros/unidades acreditados deberán cargar en la aplicación JUSTIWEB, bien mediante carga manual o carga masiva, los datos de los gastos realizados hasta el final del periodo de ejecución que hayan sido efectivamente pagados y, además, presentar en la aplicación JUSTIWEB los siguientes documentos:

Los elementos que componen la cuenta justificativa con informe de auditoría son los siguientes:

  • Fichas justificativas normalizadas y certificación de gastos y pagos realizados
  • Descripción de gastos de viajes y dietas
  • Facturas y justificantes de pagos, cuando estas superen 5.000 euros de base imponible
  • Documentación asociada a procedimientos de contratación
  • Relación donde se especifiquen otros ingresos o ayudas percibidos
  • Acreditación del reintegro del remanente no aplicado
  • Acreditación del cumplimiento de las normas de publicidad 
  • Informe económico con informe de auditoría ROAC