Las actuaciones subvencionadas deberán realizarse en las condiciones de tiempo y forma aprobadas. No obstante, en determinadas circunstancias concretas, el beneficiario podrá solicitar la modificación de la resolución de concesión (artículo 20 de la convocatoria).
La modificación de la resolución de concesión está sujeta a las siguientes limitaciones:
- No podrá afectar al coste total aprobado ni al objetivo principal del proyecto.
- El plazo de ejecución de los proyectos no podrá finalizar después del 31 de diciembre de 2018.
La solicitud, que deberá estar suficientemente justificada, se elaborará por el responsable científico-tecnológico del proyecto y se presentará, a través de la Carpeta Virtual de Expedientes - Facilit@, con la firma del representante legal de la entidad, al menos dos meses antes de que termine el plazo de ejecución de la ayuda.
La modificación no será efectiva antes de la fecha en que se dicte la nueva resolución.
IMPORTANTE:
- Con fecha de 20 de diciembre de 2017 la Secretaría de Estado de I + D + I ha resuelto la ampliación de oficio del plazo de ejecución de las ayudas hasta el 30 de junio de 2018, sin perjuicio de aquellas que tuvieran concedido de forma individual un plazo de ejecución superior, que conservarán dicho plazo.
En la sección “Solicitudes de modificación” se incluyen los modelos que deben utilizarse. Se recuerda que los ficheros que se adjunten deben tener formato PDF y no superar el tamaño de 4 Mb. Los nombres de dichos ficheros no pueden tener más de 45 caracteres, incluida la extensión, y no deben contener acentos, espacios, puntos ni otros signos distintos de las letras, números o guiones.
Solicitudes de modificación
- Modelo de solicitud de prórroga (doc 119.528 KB)
- Modelo de solicitud de modificación de resolución de concesión (doc 130.518 KB)