INNOEUROPA 2010

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Más información

Descripción de la ayuda

Objeto

Las subvenciones de INNOEUROPA están orientadas a favorecer la participación de los centros tecnológicos en el VII Programa Marco de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Demostración de la Unión Europea y a incrementar sus retornos.

Tipos de actuaciones objeto de las ayudas

Acciones complementarias dirigidas a apoyar la participación de los centros tecnológicos en el VII Programa Marco de la Unión Europea, con el objetivo de aumentar sensiblemente la tasa de retorno conseguida en el VI Programa Marco.

Estas acciones estarán recogidas en el Plan de Actuación Estratégico que el centro tecnológico presentará al realizar la solicitud. En dicho plan se fijarán tanto los objetivos que pretende alcanzar el centro, valorados a través de indicadores (retornos, proyectos a liderar y empresas a involucrar) así como las actuaciones que será necesario llevar a cabo para alcanzarlos. Estos objetivos deberán ser ambiciosos y suponer un salto cuantitativo con respecto a la actuación del centro tecnológico en el VI Programa Marco.

Modalidades de las ayudas

Las ayudas revestirán la forma de subvenciones y se concederán en régimen de concurrencia competitiva.

Límites de las ayudas

Los límites de intensidad bruta máxima de subvención dependerán del tamaño del centro y del tipo de actuaciones, de acuerdo con el marco comunitario de ayudas a la I+D:

  Pequeña empresa Mediana empresa Gran empresa y otras entidades
Acciones complementarias orientadas a actividades de investigación industrial 75   65
Acciones complementarias orientadas a actividades de desarrollo experimental. 50   40

Compatibilidad de las ayudas

La percepción de las subvenciones será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Esta compatibilidad estará condicionada a que el importe de las ayudas concedidas en ningún caso pueda ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras, supere la intensidad de la ayuda aplicable.

El solicitante deberá declarar las ayudas que haya obtenido o solicitado para las actividades o proyectos subvencionables regulados por esta convocatoria, tanto al presentar las propuestas como en cualquier momento ulterior en que se produzca esta circunstancia.

Financiación

El pago de las ayudas se realizará en dos plazos:

  • Un primer pago anticipado con anterioridad a la realización de la actuación, tras dictarse la resolución de concesión.
  • Un segundo pago final que se realizará una vez se haya comprobado el cumplimiento del objetivo de retorno definido por el beneficiario en su Plan de Actuación Estratégico.

La cuantía total máxima de ayudas convocadas para el periodo 2010-2011 es de 1.875.000 euros. El importe de la anualidad 2010, correspondiente al primer pago, será de 1.500.000 euros y la de 2011, correspondiente al segundo pago, será de 375.000 euros.

Conceptos susceptibles de ayudas

  • Gastos de personal propio o contratado dedicado exclusivamente a la actuación personal del departamento de proyectos europeos, investigadores, técnicos y demás personal auxiliar).
  • Subcontrataciones, así como costes de consultoría y servicios equivalentes, destinados de manera exclusiva a la actuación.
  • Gastos generales suplementarios directamente derivados de la actuación. Dentro de este concepto sólo se admitirán los costes de viajes y las cuotas de inscripción en congresos o seminarios, directamente relacionados con la actuación, del personal que imputa horas, la organización de jornadas sobre el Programa Marco, tanto para el personal propio como para empresas o entidades con las que trabaja, los programas y sistemas informáticos para la gestión de los proyectos europeos y la adquisición de manuales de ayuda o herramientas para la gestión de los proyectos del Programa Marco. También se podrán incluir los costes indirectos.

No se admitirá ningún coste realizado con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

Beneficiarios de las ayudas

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones exclusivamente los centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica que estén inscritos en el registro regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre en el momento de la presentación de la solicitud.

Ámbito de aplicación material

Acciones complementarias dirigidas a apoyar la participación de los centros tecnológicos en el VII Programa Marco de la Unión Europea, con el objetivo de aumentar sensiblemente la tasa de retorno conseguida por los centros tecnológicos en el VI Programa Marco.

Preguntas frecuentes

El equipamiento de la oficina de proyectos es un concepto susceptible de ayuda?

No. Únicamente se subvencionan los gastos de personal, las subcontrataciones, los gastos de viajes y las cuotas de inscripción en congresos o seminarios, la organización de jornadas sobre el Programa Marco, tanto para el personal propio como para empresas o entidades con las que trabaja, los programas y sistemas informáticos para la gestión de los proyectos europeos y la adquisición de manuales de ayuda o herramientas para la gestión de los proyectos del Programa Marco. También se podrán incluir los costes indirectos.

¿Se admitirán costes realizados con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud?

NO.

¿Puede ser beneficiario de una subvención cualquier centro que realice actividades I+D+i?

No. Solo serán beneficiarios los centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación que estén inscritos en el registro regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre.

¿Como se hará el pago de la ayuda?

El pago de las ayudas se realizará en dos plazos y las cuantías de los plazos vendrán fijadas en la resolución de concesión. El primero se realizará de forma anticipada, con anterioridad a la realización de la actuación, tras dictarse la resolución de concesión. El segundo pago se hará una vez se haya comprobado el cumplimiento del objetivo de retorno definido por el beneficiario en su Plan de Actuación Estratégico.

¿Se pueden contabilizar, para el cálculo de los retornos, los proyectos de todas las convocatorias del año 2010?

No. Sólo se contabilizarán los retornos de los proyectos que hayan sido aprobados en los Comités de Gestión del Programa Marco celebrados en el año 2010, independientemente de la fecha en la que se haya realizado la convocatoria. En el caso de que la convocatoria sea en dos fases, se tendrán en cuenta las resoluciones de la segunda fase que hayan sido aprobadas en Comités del año 2010.

¿Cuándo y cómo se justificarán los retornos?

La justificación de los retornos se deberá presentar antes del 31 de marzo de 2011 e incluirá toda la información que figura en el anexo III de la convocatoria de acuerdo con el modelo que se publicará en la página Web del Ministerio de Ciencia e Innovación (www.micinn.es).

¿Podemos ir Centros tecnológicos y Universidades en cooperación, o solo pueden ser Centros Tecnológicos en cooperación?

La ayuda de INNOEUROPA es solo para centros tecnológicos y centros de apoyo a la Innovación inscritos en el Registro de centros. Estos pueden subcontratar los servicios de alguna otra entidad para alguna actividad que no pueden realizar ellos mismos y que se considere necesaria para poder aumentar su participación en el 7PM e incrementar los retornos.

¿El periodo de ejecución de los proyectos es de un año? o ¿es desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el 31 de diciembre de 2010?

El periodo de ejecución es anual. Es decir, que aunque el pago de la ayuda se realice en dos años, la realización del proyecto es únicamente de un año. No obstante, de acuerdo con el marco comunitario de ayudas a la I+D, solo se pueden financiar actividades posteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Es decir, solo se podrán incluir en el cuestionario las actividades que se realicen con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de INNOEUROPA.

¿Se han de incluir as capacidades del centro tecnológico? Si es así, ¿en qué apartado?

En el PAE hay que hacer una descripción previa de las actuaciones realizadas anteriormente en el Programa Marco, así como una descripción de los recursos con los que se contaba. En la parte relativa a las inversiones a realizar, se debe describir previamente los medios con los que cuenta el centro y después se deben describir las actuaciones que tiene previsto realizar y que son necesarias para incrementar los retornos, así como los gastos que ocasionarán.

¿Hemos de nombrar a las empresas involucradas tanto de los proyectos que tenemos aprobados como de los denegados?

Si. Se deben nombrar las empresas que el centro ha conseguido implicar en la participación en proyectos del 7PM, tanto si se ha conseguido o no financiación. Independientemente del resultado final, el centro ha tenido que realizar un esfuerzo importante para lograr arrastrar a las empresas, esfuerzo que es valorado en el programa INNOEUROPA. En consecuencia, en la memoria deberán indicarse las empresas españolas que participan en cada proyecto y el resultado de la evaluación de cada uno de ellos.

Si tenemos un investigador como miembro del equipo investigador de un proyecto del Ministerio de Ciencia e Innovación para el año 2010 ¿se puede justificar su coste de personal (Salario bruto + seguridad social) en otro proyecto de la convocatoria INNOEUROPA?

Si el investigador dedica parte de su tiempo a actuaciones relacionadas con búsqueda y gestión de proyectos del 7PM, podrá imputar las horas que dedique a dichas actuaciones al proyecto presentado a INNOEUROPA. En el artículo 11 de la convocatoria de ayudas (Orden CIN/713/2010, de 12 de marzo), se regula la compatibilidad de las ayudas.

Guía para la realización de memorias

La memoria que los solicitantes deberán presentar será un Plan de Actuación Estratégico, en el que se definirán las actuaciones que vaya a realizar el centro, de acuerdo con el siguiente esquema:

1. Análisis de la participación del Centro Tecnológico en el Programa Marco.

  • Descripción del historial de las actuaciones, realizadas por el centro, destinadas a incrementar su participación en proyectos europeos y, en su caso, para la creación o fortalecimiento de una oficina o un departamento de proyectos europeos.
  • Participación en anteriores Programas Marco de I+d de la Unión Europea, indicando el número de participaciones, los proyectos liderados, las empresas involucradas por el centro, los proyectos aprobados, la financiación obtenida, así como la tasa de éxito, calculada como el número de propuestas financiadas frente a las presentadas.
  • Detalle de las participaciones en convocatorias anteriores del Séptimo Programa Marco, indicando: Convocatoria a la que se ha presentado la propuesta, (indicar la referencia oficial dada a la convocatoria por la Comisión Europea), título, acrónimo, número, esquema de financiación/tipo de propuesta, papel del centro en el proyecto, número de empresas españolas en el proyecto especificando el nombre de aquellas que han participado impulsadas por el centro, resultado obtenido y en su caso, financiación total concedida por la Comisión Europea para el proyecto y financiación obtenida directamente de la Comisión por el centro.
  • Plataformas Tecnológicas y redes nacionales y europeas en las que participa la entidad, detallando las actividades del centro asociadas a esta participación.

2. Objetivos cuantitativos y cualitativos. Indicadores asociados.

  • Desglose de las propuestas presentadas al 7PM que han sido financiadas en 2007, 2008 y 2009, especificando: número total de propuestas, propuestas lideradas, número de empresas españolas involucradas y subvención obtenida directamente de la Comisión por el centro.
  • Estimación del número de propuestas a presentar en el periodo 2010-2012, indicando la distribución por áreas/temas.
  • Descripción de cada una de las propuestas a presentar en 2010.
  • Estimación de los retornos anuales a obtener para el periodo 2010-2012, señalando el objetivo al que se compromete el centro tecnológico para los proyectos presentados a las convocatorias del Séptimo Programa Marco del año 2010.
  • Estimación del número de propuestas que va a liderar el Centro Tecnológico en el periodo 2010-2012, indicando el tipo de esquema de financiación, área/tema y precisando con mayor detalle las correspondientes a 2010.
  • Detalle de las empresas españolas que vaya a involucrar el centro en los proyectos, señalando cuales son pequeñas y medianas empresas y cuales participan por primera vez en el Programa Marco.

Para la valoración de estos indicadores no se incluirán actuaciones internacionales que no sean de convocatorias del Séptimo Programa Marco, como por ejemplo: Eureka, Life, Interreg, etc.

Para el cálculo de los objetivos 2010 (propuestas a presentar, propuestas a liderar, retornos, número de empresas españolas involucradas) se contabilizarán las propuestas presentadas a aquellas convocatorias en las que la resolución oficial del comité de gestión europeo correspondiente se produzca con anterioridad al 31/12/2010. En el caso de que las convocatorias sean en dos fases, se contabilizarán las resoluciones de la segunda fase que se realicen en el período antes mencionado.

En el caso de las propuestas presentadas a las convocatorias de las JTI, ERANET y actividades europeas según el Artículo 169, se contabilizará como retorno exclusivamente la parte de financiación comunitaria obtenida por el solicitante.

3. Plan de Actividades

  • Estructura de la Oficina de Proyectos Europeos (OPE). Descripción de las actuaciones a realizar para la creación o fortalecimiento de la OPE
  • Asistencia a cursos de formación y jornadas de difusión: Descripción de los cursos, jornadas y seminarios previstos, justificando la necesidad de la asistencia a los mismos.
  • Documentación, manuales y herramientas de ayuda a la gestión de proyectos europeos: Descripción de los medios disponibles y de los necesarios para la mejora de la gestión.
  • Organización de jornadas sobre Programa Marco: Descripción de las jornadas previstas y los gastos necesarios a realizar, justificando el interés y necesidad de las mismas para alcanzar los objetivos del PAE.
  • Mecanismos de seguimiento y control. de las actividades del PAE y de sus objetivos.
  • Todas aquellas actividades que el centro vaya a realizar para alcanzar los objetivos previstos en el PAE.

Para proyectos en cooperación, deberá indicarse en el Plan de Actuación qué tareas corresponden a cada uno de los participantes, los medios a emplear, los objetivos a conseguir y los mecanismos de coordinación.

4. Presupuesto de implantación y ejecución

Descripción detallada de las actuaciones e inversiones a realizar, especificando el importe de las mismas y los fines a los que van destinadas:

  • Recursos humanos y materiales necesarios. Descripción de las tareas a realizar por las personas involucradas en el PAE, detallando las actividades a subcontratar, así como las entidades a las que se subcontratará..
  • Subcontrataciones: Descripción de las necesidades previstas y las empresas a subcontratar para la realización de dichos servicios.
  • Viajes: Estimación de los viajes previstos directamente relacionados con la ejecución del PAE.